Diccionario panhispánico del español jurídico

Derecho de representación sucesoria y repudiación: estudio sobre la operatividad del derecho de representación en el Código civil español, en caso de repudiación del sujeto llamado a una herencia

por Arjona Guajardo-Fajardo, José Luis

Artículo
ISSN: 0210-301X
Otros Autores: Ministerio de Justicia
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Tabla de Contenidos

1. Planteamiento de la cuestión.-2. Argumentos en contra de la operatividad del derecho de representación en caso de repudiación del sujeto primeramente llamado a una herencia. 2.1 Objeciones de naturaleza legal-positiva. 2.2 Objeciones de índole dogmática o de principio.-3. Argumentos a favor, y fundamento de la operatividad del derecho de representación en caso de repudiación. Refutación de los argumentos en contra. 3.1 Argumentos de naturaleza legal-positiva. 3.2 Argumentos de principio, o dogmáticos. A) Fundamento del derecho de representación. Necesidad de distinguir supuestos. B) La legítima y su valor en el Código civil, desde la perspectiva del derecho de representación. Derecho de representación en la herencia y derecho de representación en la legítima. Operatividad de este último en caso de repudiación. 3.3 Ponderación y relativización de las objeciones que se aducen en contra de la hipótesis estudiada. A) Objeciones de naturaleza legal-positiva. B) Objeciones de índole dogmática o de principio. 3.4 Conclusiones en este punto.-4. Derecho de representación y repudiación, en caso de sucesión testada. 4.1 Previo: sobre el juego del derecho de representación en la sucesión testamentaria. 4.1.1 Introducción. 4.1.2 Los argumentos de este debate: exposición y valoración de los mismos. A) Argumentos de Derecho positivo. B) Argumento de índole sistemática: la sedes materiae del derecho de representación en el Código civil. C) Argumento de índole dogmática: la naturaleza propia del derecho de representación. 4.1.3 Situación tras la reforma del Código civil por la Ley 11/1981, de 13 de mayo. El nuevo art. 814.3 Cc: explicaciones propuestas sobre él y valoración de las mismas. Nuestra inter- pretación. A) Que se trata de un verdadero y propio derecho de representación. B) Que se trata de una sustitución vulgar establecida ex lege. C) Críticas a las anteriores explicaciones. D) Nuestra interpretación de la norma contenida en el art. 814.3 Cc. 4.2 Derecho de representación y repudiación, en caso de sucesión testada. Nuestra postura. 5. El derecho de representación como expediente hábil en caso de repudiación. Naturaleza jurídica y configuración funcional de aquel. 5.1 La naturaleza jurídica del derecho de representación. A) Exposi- ción sucinta de las explicaciones propuestas, y de las críticas que se han hecho a las mismas. B) Nuestra valoración. Idea que adoptamos. 5.2 Consecuencias que de lo anterior se derivan para nuestro estudio: plena adecuación del derecho de representación en orden a su operatividad en caso de repudiación.


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1. Planteamiento de la cuestión.-2. Argumentos en contra de la operatividad del derecho de representación en caso de repudiación del sujeto primeramente llamado a una herencia. 2.1 Objeciones de naturaleza legal-positiva. 2.2 Objeciones de índole dogmática o de principio.-3. Argumentos a favor, y fundamento de la operatividad del derecho de representación en caso de repudiación. Refutación de los argumentos en contra. 3.1 Argumentos de naturaleza legal-positiva. 3.2 Argumentos de principio, o dogmáticos. A) Fundamento del derecho de representación. Necesidad de distinguir supuestos. B) La legítima y su valor en el Código civil, desde la perspectiva del derecho de representación. Derecho de representación en la herencia y derecho de representación en la legítima. Operatividad de este último en caso de repudiación. 3.3 Ponderación y relativización de las objeciones que se aducen en contra de la hipótesis estudiada. A) Objeciones de naturaleza legal-positiva. B) Objeciones de índole dogmática o de principio. 3.4 Conclusiones en este punto.-4. Derecho de representación y repudiación, en caso de sucesión testada. 4.1 Previo: sobre el juego del derecho de representación en la sucesión testamentaria. 4.1.1 Introducción. 4.1.2 Los argumentos de este debate: exposición y valoración de los mismos. A) Argumentos de Derecho positivo. B) Argumento de índole sistemática: la sedes materiae del derecho de representación en el Código civil. C) Argumento de índole dogmática: la naturaleza propia del derecho de representación. 4.1.3 Situación tras la reforma del Código civil por la Ley 11/1981, de 13 de mayo. El nuevo art. 814.3 Cc: explicaciones propuestas sobre él y valoración de las mismas. Nuestra inter- pretación. A) Que se trata de un verdadero y propio derecho de representación. B) Que se trata de una sustitución vulgar establecida ex lege. C) Críticas a las anteriores explicaciones. D) Nuestra interpretación de la norma contenida en el art. 814.3 Cc. 4.2 Derecho de representación y repudiación, en caso de sucesión testada. Nuestra postura. 5. El derecho de representación como expediente hábil en caso de repudiación. Naturaleza jurídica y configuración funcional de aquel. 5.1 La naturaleza jurídica del derecho de representación. A) Exposi- ción sucinta de las explicaciones propuestas, y de las críticas que se han hecho a las mismas. B) Nuestra valoración. Idea que adoptamos. 5.2 Consecuencias que de lo anterior se derivan para nuestro estudio: plena adecuación del derecho de representación en orden a su operatividad en caso de repudiación.


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