Diccionario panhispánico del español jurídico

La causalidad en la omisión impropia y la llamada "omisión por comisión".

por Gimbernat Ordeig, Enrique

Artículo
ISSN: 0210-3001
Otros Autores: Ministerio de Justicia
Ver otros artículos del mismo número: Tomo 53

En el presente trabajo me voy a ocupar, por una parte, de la causalidad en la omisión impropia, para tratar de determinar si en esa forma de realización típica existe entre la inactividad y el resultado una relación de causalidad, o de (cuasi)causalidad, o, más bien, algo que no tiene nada que ver, ni de lejos, con cualquier concepto en el aparezca la expresión <>.
Una vez resuelto ese problema, pasaré a abordar lo que se ha dado en llamar la <>, que recibe ese nombre porque, según una extendida opinión, ahí estaríamos ante supuestos en los que un hacer positivo cumple el tipo de una omisión, propia o impropia según los casos. Como el tratamiento científico de esa supuesta <> exige tener una idea clara sobre la causalidad, tanto en el delito de acción como en el de omisión, de ahí que los conocimientos adquiridos en la primera parte de este trabajo tengan una decisiva importancia para solucionar los problemas que se plantean en la segunda. Es por ello por lo que me he decidido por agrupar en una única investigación científica el estudio de la causalidad en la omisión impropia y el de la llamada <>.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN;
II. LA RELACIÓN DE (CUASI)CAUSALIDAD EN EL DELITO DE OMISIÓN IMPROPIA:
A) El entendimiento de la causalidad en la omisión como una relación causal mecánica en los autores del siglo XIX;
B) El estado actual de la cuestión;
III. LA LLAMADA OMISIÓN POR COMISIÓN:
A) Evitación por el propio sujeto, mediante una conducta activa, del auxilio al que estaba obligado;
B) Ruptura de cursos salvadores ajenos;
C) La omissio libera in causa;
D) Desconexión de instrumentos médicos que mantienen con vida a un enfermo;
IV. BIBLIOGRAFÍA.



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En el presente trabajo me voy a ocupar, por una parte, de la causalidad en la omisión impropia, para tratar de determinar si en esa forma de realización típica existe entre la inactividad y el resultado una relación de causalidad, o de (cuasi)causalidad, o, más bien, algo que no tiene nada que ver, ni de lejos, con cualquier concepto en el aparezca la expresión <>.
Una vez resuelto ese problema, pasaré a abordar lo que se ha dado en llamar la <>, que recibe ese nombre porque, según una extendida opinión, ahí estaríamos ante supuestos en los que un hacer positivo cumple el tipo de una omisión, propia o impropia según los casos. Como el tratamiento científico de esa supuesta <> exige tener una idea clara sobre la causalidad, tanto en el delito de acción como en el de omisión, de ahí que los conocimientos adquiridos en la primera parte de este trabajo tengan una decisiva importancia para solucionar los problemas que se plantean en la segunda. Es por ello por lo que me he decidido por agrupar en una única investigación científica el estudio de la causalidad en la omisión impropia y el de la llamada <>.

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I. INTRODUCCIÓN;
II. LA RELACIÓN DE (CUASI)CAUSALIDAD EN EL DELITO DE OMISIÓN IMPROPIA:
A) El entendimiento de la causalidad en la omisión como una relación causal mecánica en los autores del siglo XIX;
B) El estado actual de la cuestión;
III. LA LLAMADA OMISIÓN POR COMISIÓN:
A) Evitación por el propio sujeto, mediante una conducta activa, del auxilio al que estaba obligado;
B) Ruptura de cursos salvadores ajenos;
C) La omissio libera in causa;
D) Desconexión de instrumentos médicos que mantienen con vida a un enfermo;
IV. BIBLIOGRAFÍA.


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