Los entes colectivos como sujetos del Derecho Penal: su tratamiento en el Código Penal.
El Código Penal no realiza una caracterización propia de las agrupaciones de personas que pueden intervenir en hecho delictivo. En el ámbito penal rigen las mismas categorías que el ámbito civil, si bien, como veremos más adelante, la personalidad jurídica no tiene la misma relevancia que en el Derecho civil; lo realmente importante en Derecho penal es la proyección delictiva de la asociación. Sin embargo, no existe en el Código Penal una concreción suficiente que determine con claridad si en la tipificación de los supuestos se considera la intervención de cualquier agrupación o de agrupaciones concretas.
1. INTRODUCCIÓN;
2. LOS ENTES COLECTIVOS EN EL LIBRO I DEL CÓDIGO PENAL (
PARTE GENERAL).
El Código Penal no realiza una caracterización propia de las agrupaciones de personas que pueden intervenir en hecho delictivo. En el ámbito penal rigen las mismas categorías que el ámbito civil, si bien, como veremos más adelante, la personalidad jurídica no tiene la misma relevancia que en el Derecho civil; lo realmente importante en Derecho penal es la proyección delictiva de la asociación. Sin embargo, no existe en el Código Penal una concreción suficiente que determine con claridad si en la tipificación de los supuestos se considera la intervención de cualquier agrupación o de agrupaciones concretas.
1. INTRODUCCIÓN;
2. LOS ENTES COLECTIVOS EN EL LIBRO I DEL CÓDIGO PENAL (
PARTE GENERAL).