Política criminal, reinserción y prisión permanente revisable.
El objetivo del trabajo es mostrar que la «cadena perpetua revisable» prevista en el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica el Código penal (de abril de 2013) es incompatible con el fin de la reinserción social. Para ello se confronta el modelo de política criminal de la seguridad ciudadana (en el que se inserta la nueva institución) con el de la reinserción social característico del Estado de bienestar, y se expresa por qué este último (en el que no debe tener cabida dicha pena) es el único compatible con una sociedad democrática basada en los principios de humanidad y de igualdad
I. Introducción.
II. Dos modelos contrapuestos de política criminal:
1. El modelo penal de la seguridad ciudadana.
2. El modelo finlandés.
III. La ejecución de penas privativas de libertad: modelo a seguir:
1 Introducción.
2. El modelo garantista de Ferrajoli en la fase de ejecución de penas privativas de libertad.
3. En defensa de un modelo orientado hacia la reinserción social.
IV. Dos ideas contrapuestas: reinserción y prisión permanente revisable.
V. Conclusión.
El objetivo del trabajo es mostrar que la «cadena perpetua revisable» prevista en el Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica el Código penal (de abril de 2013) es incompatible con el fin de la reinserción social. Para ello se confronta el modelo de política criminal de la seguridad ciudadana (en el que se inserta la nueva institución) con el de la reinserción social característico del Estado de bienestar, y se expresa por qué este último (en el que no debe tener cabida dicha pena) es el único compatible con una sociedad democrática basada en los principios de humanidad y de igualdad
I. Introducción.
II. Dos modelos contrapuestos de política criminal:
1. El modelo penal de la seguridad ciudadana.
2. El modelo finlandés.
III. La ejecución de penas privativas de libertad: modelo a seguir:
1 Introducción.
2. El modelo garantista de Ferrajoli en la fase de ejecución de penas privativas de libertad.
3. En defensa de un modelo orientado hacia la reinserción social.
IV. Dos ideas contrapuestas: reinserción y prisión permanente revisable.
V. Conclusión.