Diccionario panhispánico del español jurídico

Reeducación y reinserción social del recluso (terrorista)

por López Melero, Montserrat

Artículo
ISSN: 0210-3001
Otros Autores: Ministerio de Justicia
Ver otros artículos del mismo número: Tomo 72

Es necesario profundizar en las cuestiones relativas a la reeducación y reinserción social de los internos que están cumpliendo la pena privativa de libertad en los Centros penitenciarios, en lo relativo a si es un derecho del preso, configurado como derecho fundamental bajo el prisma del artículo 25.2 de la Constitución española, o debemos afirmar, también, que es un derecho de la sociedad en libertad. La posibilidad de reeducación y reinserción social no debe ser rechazada, ya que supuso ese avance en la humanización de los Centros penitenciarios; una idea cuyo origen está en la sociedad como reconocimiento de derechos a todas las personas sin tener en cuenta el estatus de sujeción especial en la que se encuentra los privados de libertad en Centros penitenciarios.

It is necessary to delve into questions concerning the rehabilitation and social reintegration of inmates who are serving sentences of liberty in prisons, in regard to whether a right of the prisoner is, configured as a fundamental right under the prism of article 25.2 of the Spanish Constitution, or we say, also, that it is a right of freedom society. The possibility of reducation and social reintegration should not be rejected, since it meant that progress in the humanization of prisons; an idea whose origin is in the society as recognition of rights to all persons regardless of the status of special fastening which is deprived of liberty in prisons.

Tabla de Contenidos

1. La reinserción como derecho del recluso o de la sociedad;
2. El terrorismo y la reinserción:
2.1 Cuestiones generales;
2.2 La función resocializadora de la cárcel;
2.3 La concreta reinserción de los presos por delitos de terrorismo;
3. Las comunicaciones como medio de reinserción.



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Es necesario profundizar en las cuestiones relativas a la reeducación y reinserción social de los internos que están cumpliendo la pena privativa de libertad en los Centros penitenciarios, en lo relativo a si es un derecho del preso, configurado como derecho fundamental bajo el prisma del artículo 25.2 de la Constitución española, o debemos afirmar, también, que es un derecho de la sociedad en libertad. La posibilidad de reeducación y reinserción social no debe ser rechazada, ya que supuso ese avance en la humanización de los Centros penitenciarios; una idea cuyo origen está en la sociedad como reconocimiento de derechos a todas las personas sin tener en cuenta el estatus de sujeción especial en la que se encuentra los privados de libertad en Centros penitenciarios.

It is necessary to delve into questions concerning the rehabilitation and social reintegration of inmates who are serving sentences of liberty in prisons, in regard to whether a right of the prisoner is, configured as a fundamental right under the prism of article 25.2 of the Spanish Constitution, or we say, also, that it is a right of freedom society. The possibility of reducation and social reintegration should not be rejected, since it meant that progress in the humanization of prisons; an idea whose origin is in the society as recognition of rights to all persons regardless of the status of special fastening which is deprived of liberty in prisons.

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1. La reinserción como derecho del recluso o de la sociedad;
2. El terrorismo y la reinserción:
2.1 Cuestiones generales;
2.2 La función resocializadora de la cárcel;
2.3 La concreta reinserción de los presos por delitos de terrorismo;
3. Las comunicaciones como medio de reinserción.


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