Diccionario panhispánico del español jurídico

La justicia penal en el levantamiento comunero de Castilla. Las ejecuciones de Villalar y otros episodios.

por Mata y Martín, Ricardo M.

Artículo
ISSN: 0210-3001
Otros Autores: Ministerio de Justicia
Ver otros artículos del mismo número: Tomo 73

En los inicios del siglo XVI se va instalando progresivamente en Castilla un periodo de inestabilidad de gobierno, así como una crisis social y económica. En este contexto de deterioro institucional comienza el reinado de un joven monarca que desconoce sus nuevos territorios y concede los cargos principales de gobierno en España a personas procedentes de otros países. Al poco, desde 1519-1520, toma cuerpo la conocida rebelión de los comuneros o movimiento de las comunidades, en la que algunas de las ciudades se alzan contra la autoridad del rey. Las iniciales protestas se transforman en abierta rebelión y se desata la violencia y las batallas entre las huestes rebeldes y los defensores de la autoridad real. Durante todo el proceso de rebelión y tiempo después, se ponen en marcha los mecanismos de sanción penal frente a los integrantes del movimiento de las ciudades. En el presente trabajo se trata de analizar, desde la perspectiva jurídico-penal, la forma en la que fue aplicado el sistema penal a los cabecillas de las comunidades. Especial interés posee el Edicto de Worms de 17 de diciembre de 1520 y también las ejecuciones tras la batalla de Villalar en abril de 1521. Igualmente se presta atención a los procesos penales posteriores, así como a las penas aplicadas y sus modalidades de ejecución.

Tabla de Contenidos

I. EL DERECHO PENAL DE LA EDAD MODERNA.
II. LA SITUACIÓN ANTES DE LA BATALLA DE VILLALAR.
1. Del descontento popular hacia la rebelión.
2. El ataque a los representantes del poder real.
3. El Edicto real de 17 de diciembre de 1520.
III. LA BATALLA DE VILLALAR Y SUS CONSECUENCIAS: CONDENA Y EJECUCIONES.
1. Los apresamientos.
2. La sentencia.
3. La ejecución.
4. La continuación del ajusticiamiento y su rito.
IV. LA RESPUESTA PENAL DESPUÉS DE LA DERROTA COMUNERA.
1. La acción inicial de los virreyes, antes de la vuelta de Carlos I.
2. El regreso del emperador.
a) Procesos de Palencia y Valladolid.
b) El perdón de todos los Santos (1 de noviembre de 1522).
c) Las multas de composición.
d) Las jurisdicciones especiales, especialmente clementes.
e) Las amnistías de 1525 y 1527.
3. El conjunto de las responsabilidades penales exigidas como consecuencia del levantamiento comunero.



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En los inicios del siglo XVI se va instalando progresivamente en Castilla un periodo de inestabilidad de gobierno, así como una crisis social y económica. En este contexto de deterioro institucional comienza el reinado de un joven monarca que desconoce sus nuevos territorios y concede los cargos principales de gobierno en España a personas procedentes de otros países. Al poco, desde 1519-1520, toma cuerpo la conocida rebelión de los comuneros o movimiento de las comunidades, en la que algunas de las ciudades se alzan contra la autoridad del rey. Las iniciales protestas se transforman en abierta rebelión y se desata la violencia y las batallas entre las huestes rebeldes y los defensores de la autoridad real. Durante todo el proceso de rebelión y tiempo después, se ponen en marcha los mecanismos de sanción penal frente a los integrantes del movimiento de las ciudades. En el presente trabajo se trata de analizar, desde la perspectiva jurídico-penal, la forma en la que fue aplicado el sistema penal a los cabecillas de las comunidades. Especial interés posee el Edicto de Worms de 17 de diciembre de 1520 y también las ejecuciones tras la batalla de Villalar en abril de 1521. Igualmente se presta atención a los procesos penales posteriores, así como a las penas aplicadas y sus modalidades de ejecución.

Tabla de Contenidos

I. EL DERECHO PENAL DE LA EDAD MODERNA.
II. LA SITUACIÓN ANTES DE LA BATALLA DE VILLALAR.
1. Del descontento popular hacia la rebelión.
2. El ataque a los representantes del poder real.
3. El Edicto real de 17 de diciembre de 1520.
III. LA BATALLA DE VILLALAR Y SUS CONSECUENCIAS: CONDENA Y EJECUCIONES.
1. Los apresamientos.
2. La sentencia.
3. La ejecución.
4. La continuación del ajusticiamiento y su rito.
IV. LA RESPUESTA PENAL DESPUÉS DE LA DERROTA COMUNERA.
1. La acción inicial de los virreyes, antes de la vuelta de Carlos I.
2. El regreso del emperador.
a) Procesos de Palencia y Valladolid.
b) El perdón de todos los Santos (1 de noviembre de 1522).
c) Las multas de composición.
d) Las jurisdicciones especiales, especialmente clementes.
e) Las amnistías de 1525 y 1527.
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