Diccionario panhispánico del español jurídico

El derecho al desarrollo en el sistema de derechos humanos: entre los derechos de la personalidad y la actividad del Estado

por Llano Alonso, Fernando H.

Artículo
ISSN: 2659-8973
Ver otros artículos del mismo número: 29

El presente artículo pretende justificar la necesidad de fundamentar adecuadamente el derecho al libre desarrollo de la personalidad desde una perspectiva ética y filosófico-jurídica. Sin embargo, al igual que sucede con los demás derechos humanos de nueva generación, el derecho al desarrollo también adolece de una manifiesta falta de concreción conceptual, lo cual no es una razón suficiente para comprometer dicha fundamentación, ni tampoco para impedir la eficaz puesta en práctica de un derecho con una dimensión ético-jurídica tan universal.

Tabla de Contenidos

1. Introducción.
2. La noción de desarrollo y su alcance normativo en la declaración de 1986.
3. La dignidad humana y el derecho al libre desarrollo de la persona desde una perspectiva iusfilosófica.
4. El derecho al libre desarrollo de la persona en la doctrina universalista contemporánea.
4.1 John Rawls: la dignidad como bien primario y el desarrollo moral de la persona en una sociedad justa.
4.2 Amartya Sen: el desarrollo como libertad.
4.3 Martha C. Nussbaum: el enfoque de las capacidades y el desarrollo humano.
4.4 Charles Beitz y Thomas Pogge: desarrollo humano y contractualismo global.
4.5 Onora O´Neill: la justicia económica transnacional y el derecho al desarrollo.
5. Conclusión.



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El presente artículo pretende justificar la necesidad de fundamentar adecuadamente el derecho al libre desarrollo de la personalidad desde una perspectiva ética y filosófico-jurídica. Sin embargo, al igual que sucede con los demás derechos humanos de nueva generación, el derecho al desarrollo también adolece de una manifiesta falta de concreción conceptual, lo cual no es una razón suficiente para comprometer dicha fundamentación, ni tampoco para impedir la eficaz puesta en práctica de un derecho con una dimensión ético-jurídica tan universal.

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1. Introducción.
2. La noción de desarrollo y su alcance normativo en la declaración de 1986.
3. La dignidad humana y el derecho al libre desarrollo de la persona desde una perspectiva iusfilosófica.
4. El derecho al libre desarrollo de la persona en la doctrina universalista contemporánea.
4.1 John Rawls: la dignidad como bien primario y el desarrollo moral de la persona en una sociedad justa.
4.2 Amartya Sen: el desarrollo como libertad.
4.3 Martha C. Nussbaum: el enfoque de las capacidades y el desarrollo humano.
4.4 Charles Beitz y Thomas Pogge: desarrollo humano y contractualismo global.
4.5 Onora O´Neill: la justicia económica transnacional y el derecho al desarrollo.
5. Conclusión.


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