El modelo parlamentario de protección de los derechos como alternativa al modelo judicial
Aunque existe un amplio consenso respecto a que un Estado democrático debe dotarse de una constitución que blinde ciertos derechos fundamentales, no lo hay tanto a la hora de determinar quién deba ser su «guardián». Es mayoritaria la postura partidaria de una supervisión de tipo judicial, pero también existe un sector doctrinal que ante tal solución esgrime la «objeción contramayoritaria» y que no comparte la supuesta superioridad epistémica de los tribunales constitucionales y supremos a la hora de interpretar y determinar el contenido de los derechos, por lo que apuesta por que dicha función quede en manos del poder legislativo, por entender, entre otras razones, que está más legitimado para ello por ser el más directo representante de la soberanía popular
Introducción.
1. La objeción contramayoritaria.
2. Apuntes sobre el debate respecto a la justicia constitucional.
3. El modelo parlamentario de protección de los derechos.
Conclusiones
Aunque existe un amplio consenso respecto a que un Estado democrático debe dotarse de una constitución que blinde ciertos derechos fundamentales, no lo hay tanto a la hora de determinar quién deba ser su «guardián». Es mayoritaria la postura partidaria de una supervisión de tipo judicial, pero también existe un sector doctrinal que ante tal solución esgrime la «objeción contramayoritaria» y que no comparte la supuesta superioridad epistémica de los tribunales constitucionales y supremos a la hora de interpretar y determinar el contenido de los derechos, por lo que apuesta por que dicha función quede en manos del poder legislativo, por entender, entre otras razones, que está más legitimado para ello por ser el más directo representante de la soberanía popular
Introducción.
1. La objeción contramayoritaria.
2. Apuntes sobre el debate respecto a la justicia constitucional.
3. El modelo parlamentario de protección de los derechos.
Conclusiones