Diccionario panhispánico del español jurídico

Laicidad, razón pública y ley natural: reflexiones a propósito de la nueva Constitución húngara

por Contreras Peláez, Francisco José

Artículo
ISSN: 0213-8123
Ver otros artículos del mismo número: 28

El artículo examina las críticas de que ha sido objeto la nueva Constitución húngara (aprobada en abril de 2011). La mayor parte de estas críticas son ideológicas, y tienen que ver con el hecho de que la nueva Constitución desafíe a la nueva izquierda sesentayochista en asuntos cruciales para ella (aborto, matrimonio gay, laicismo). Dado que las críticas son sintetizables en la tesis según la cual la nueva Constitución "impone valores cristianos", vulnerando el principio de separación entre Iglesia y Estado, la segunda parte del artículo examina, desde la historia y la filosofía, las diversas interpretaciones de que es susceptible dicho principio. El concepto de laicidad suele ser interpretado hoy día a la luz de la teoría de la razón pública de John Rawls, que establece que sólo son utilizables en el debate político aquellos argumentos que resulten aceptables por personas con creencias metafísicas diversas. Ahora bien, la aplicación práctica de dicha doctrina en la sociedad actual es sesgada y asimétrica: descalifica como no públicas las pretensiones de los ciudadanos religiosos (aunque sean defendidas en términos laicos), al tiempo que cierra los ojos a la "contaminación cosmovisional" materialista de las tesis de los ciudadanos ateos.

Tabla de Contenidos

1. Las críticas razonables.
2. Las críticas ideológicas.
3. El origen cristiano de la laicidad.
4. La doctrina de las razones públicas.
5. La "razón pública" contra la ley natural.
6. La razón pública como ley del embudo.
7 ¿Qué hacer?



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El artículo examina las críticas de que ha sido objeto la nueva Constitución húngara (aprobada en abril de 2011). La mayor parte de estas críticas son ideológicas, y tienen que ver con el hecho de que la nueva Constitución desafíe a la nueva izquierda sesentayochista en asuntos cruciales para ella (aborto, matrimonio gay, laicismo). Dado que las críticas son sintetizables en la tesis según la cual la nueva Constitución "impone valores cristianos", vulnerando el principio de separación entre Iglesia y Estado, la segunda parte del artículo examina, desde la historia y la filosofía, las diversas interpretaciones de que es susceptible dicho principio. El concepto de laicidad suele ser interpretado hoy día a la luz de la teoría de la razón pública de John Rawls, que establece que sólo son utilizables en el debate político aquellos argumentos que resulten aceptables por personas con creencias metafísicas diversas. Ahora bien, la aplicación práctica de dicha doctrina en la sociedad actual es sesgada y asimétrica: descalifica como no públicas las pretensiones de los ciudadanos religiosos (aunque sean defendidas en términos laicos), al tiempo que cierra los ojos a la "contaminación cosmovisional" materialista de las tesis de los ciudadanos ateos.

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1. Las críticas razonables.
2. Las críticas ideológicas.
3. El origen cristiano de la laicidad.
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5. La "razón pública" contra la ley natural.
6. La razón pública como ley del embudo.
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