Diccionario panhispánico del español jurídico

Fundamentos constitucionales del hecho religioso (a propósito de una publicación reciente)

por Borrero Arias, Jerónimo

Artículo
ISSN: 0213-8123
Ver otros artículos del mismo número: 28

En Italia, el paso de un régimen confesional a otro no confesional, donde hacen acto de presencia valores y principios nuevos en materia religiosa, ha determinado la configuración del propio Derecho Penal en esta temática. Precisamente, el presente artículo hace referencia a una serie de trabajos relacionados con la tutela penal del hecho religioso en el Código Penal transalpino, concretamente con los delitos concernientes al factor religioso, y su conexión con la Constitución (Carta) y con la valoración y propuesta que, en las tres últimas décadas, ha realizado la Corte Constitucional en esta materia. Asimismo, se analizan cuestiones como la relatividad cultural de cada Derecho laico o la disciplina confesional y Estado de Derecho. Finalmente, se hace acopio de algunos trabajos de Derecho Comparado sobre la protección penal de los cultos en los países del Este de Europa, en Alemania e, incluso, en Argelia.

Tabla de Contenidos

l. Introducción.
2. La protección penal del hecho religioso en el Derecho italiano:
2.1. La tutela penal del fenómeno religioso en el Código Rocco.
2.2. La tutela penal del hecho religioso entre el Código Rocco y la Constitución.
2.3. El fin de la confesionalidad y la laicidad del Estado.
2.4. El debate sobre los perfiles jurídicos del Estado laico en Italia.
3. Acerca de la relatividad cultural de todo Derecho laico.
4. Disciplina confesional y Estado de Derecho.
5. Derecho Comparado:
5.1. Aproximación a la tutela penal de los cultos en los países del Este de Europa.
5.2. El hecho religioso en la tutela civil y penal de las Constituciones vigentes y de las Cortes que las aplican.
5.3. El Dios de la fe y el Dios de los filósofos en el Código penal alemán.
5.4. La Ley argelina de 17 de abril de 2006 y las condiciones de la práctica de los cultos
diferentes del musulmán.
6. Valoración crítica.



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En Italia, el paso de un régimen confesional a otro no confesional, donde hacen acto de presencia valores y principios nuevos en materia religiosa, ha determinado la configuración del propio Derecho Penal en esta temática. Precisamente, el presente artículo hace referencia a una serie de trabajos relacionados con la tutela penal del hecho religioso en el Código Penal transalpino, concretamente con los delitos concernientes al factor religioso, y su conexión con la Constitución (Carta) y con la valoración y propuesta que, en las tres últimas décadas, ha realizado la Corte Constitucional en esta materia. Asimismo, se analizan cuestiones como la relatividad cultural de cada Derecho laico o la disciplina confesional y Estado de Derecho. Finalmente, se hace acopio de algunos trabajos de Derecho Comparado sobre la protección penal de los cultos en los países del Este de Europa, en Alemania e, incluso, en Argelia.

Tabla de Contenidos

l. Introducción.
2. La protección penal del hecho religioso en el Derecho italiano:
2.1. La tutela penal del fenómeno religioso en el Código Rocco.
2.2. La tutela penal del hecho religioso entre el Código Rocco y la Constitución.
2.3. El fin de la confesionalidad y la laicidad del Estado.
2.4. El debate sobre los perfiles jurídicos del Estado laico en Italia.
3. Acerca de la relatividad cultural de todo Derecho laico.
4. Disciplina confesional y Estado de Derecho.
5. Derecho Comparado:
5.1. Aproximación a la tutela penal de los cultos en los países del Este de Europa.
5.2. El hecho religioso en la tutela civil y penal de las Constituciones vigentes y de las Cortes que las aplican.
5.3. El Dios de la fe y el Dios de los filósofos en el Código penal alemán.
5.4. La Ley argelina de 17 de abril de 2006 y las condiciones de la práctica de los cultos
diferentes del musulmán.
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