Diccionario panhispánico del español jurídico

Estándares internacionales adoptados por las Naciones Unidas y el Consejo de Europa para combatir la vulneración de los derechos humanos de las mujeres y niñas en base a prácticas tradicionales nocivas: Los matrimonios infantiles tempranos y forzados

por Saldaña Díaz, María Nieves

Artículo
ISSN: 0213-8123
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A lo largo de los últimos años, las Naciones Unidas han abordado los matrimonios forzados como una forma específica de violencia contra las mujeres y las niñas, basada en prácticas nocivas que son consecuencia de tradiciones culturales y religiosas arraigadas, que discriminan a las mujeres y las niñas y violan sus derechos humanos y fundamentales, de ahí que las Naciones Unidas hayan definido un conjunto de estándares normativos y jurídicos que deben guiar la actuación de los Estados para prevenir, combatir y erradicar los matrimonios infantiles, tempranos y forzados. Asimismo, en el ámbito regional europeo, en la acción del Consejo de Europa para combatir la violencia contra las mujeres ha cobrado especial relevancia la prevención y erradicación de los matrimonios forzados de mujeres y de niñas, como consecuencia de su emergencia en las comunidades de población inmigrantes asentadas en territorio
europeo, exigiendo el Consejo de Europa recientemente a los Estados la tipificación y persecución como delito de los matrimonios forzados en el Convenio de Estambul de 2011, el principal instrumento jurídico vinculante adoptado en Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, instando incluso el Consejo de Europa a los Estados a perseguir los matrimonios forzados cometidos fuera de su territorio, asumiéndose los estándares adoptados por las Naciones Unidas, contribuyendo así el Consejo de Europa a la configuración de un marco de estándares normativos i Internacionales para la efectiva erradicación de los matrimonios forzados.

Tabla de Contenidos

1. Introducción: matrimonio, tradición y cultura, violencia contra la mujer y derechos humanos.
2. Marco normativo y mecanismos jurídicos adoptados en el sistema de las Naciones Unidas para combatir y prevenir los matrimonios infantiles, tempranos y forzados:
2.1. Derechos humanos y violencia contra la mujer y la niña: la consideración de los matrimonios forzados como prácticas tradicionales nocivas.
2.2. Estándares internacionales de derechos humanos para combatir y prevenir los matrimonios infantiles, precoces y forzados: hacia una futura Convención internacional para la eliminación de la violencia contra la mujer.
3. Marco normativo y mecanismos jurídicos adoptados en el Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra la mujer basada en prácticas tradicionales perjudiciales: los matrimonios forzados y los matrimonios de niñas:
3 .1. Las prácticas tradicionales perjudiciales y los matrimonios forzados en el marco de la acción general del Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra las mujeres.
3.2. Instrumentos normativos y mecanismos jurídicos específicos adoptados para combatir y prevenir los matrimonios forzados:
3 .2.1. Resolución 1648 y Recomendación 1723 (2005) de la Asamblea Parlamentaria sobre "Matrimonios forzados y matrimonios de niños".
3.2.2. El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul): hacia la prevención y persecución transnacional de los matrimonios forzados.
4. Consideraciones finales: la conveniente armonización de los estándares normativos internacionales y regionales de Derechos Humanos para prevenir y combatir los matrimonios forzados.



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A lo largo de los últimos años, las Naciones Unidas han abordado los matrimonios forzados como una forma específica de violencia contra las mujeres y las niñas, basada en prácticas nocivas que son consecuencia de tradiciones culturales y religiosas arraigadas, que discriminan a las mujeres y las niñas y violan sus derechos humanos y fundamentales, de ahí que las Naciones Unidas hayan definido un conjunto de estándares normativos y jurídicos que deben guiar la actuación de los Estados para prevenir, combatir y erradicar los matrimonios infantiles, tempranos y forzados. Asimismo, en el ámbito regional europeo, en la acción del Consejo de Europa para combatir la violencia contra las mujeres ha cobrado especial relevancia la prevención y erradicación de los matrimonios forzados de mujeres y de niñas, como consecuencia de su emergencia en las comunidades de población inmigrantes asentadas en territorio
europeo, exigiendo el Consejo de Europa recientemente a los Estados la tipificación y persecución como delito de los matrimonios forzados en el Convenio de Estambul de 2011, el principal instrumento jurídico vinculante adoptado en Europa para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, instando incluso el Consejo de Europa a los Estados a perseguir los matrimonios forzados cometidos fuera de su territorio, asumiéndose los estándares adoptados por las Naciones Unidas, contribuyendo así el Consejo de Europa a la configuración de un marco de estándares normativos i Internacionales para la efectiva erradicación de los matrimonios forzados.

Tabla de Contenidos

1. Introducción: matrimonio, tradición y cultura, violencia contra la mujer y derechos humanos.
2. Marco normativo y mecanismos jurídicos adoptados en el sistema de las Naciones Unidas para combatir y prevenir los matrimonios infantiles, tempranos y forzados:
2.1. Derechos humanos y violencia contra la mujer y la niña: la consideración de los matrimonios forzados como prácticas tradicionales nocivas.
2.2. Estándares internacionales de derechos humanos para combatir y prevenir los matrimonios infantiles, precoces y forzados: hacia una futura Convención internacional para la eliminación de la violencia contra la mujer.
3. Marco normativo y mecanismos jurídicos adoptados en el Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra la mujer basada en prácticas tradicionales perjudiciales: los matrimonios forzados y los matrimonios de niñas:
3 .1. Las prácticas tradicionales perjudiciales y los matrimonios forzados en el marco de la acción general del Consejo de Europa para combatir y prevenir la violencia contra las mujeres.
3.2. Instrumentos normativos y mecanismos jurídicos específicos adoptados para combatir y prevenir los matrimonios forzados:
3 .2.1. Resolución 1648 y Recomendación 1723 (2005) de la Asamblea Parlamentaria sobre "Matrimonios forzados y matrimonios de niños".
3.2.2. El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Convenio de Estambul): hacia la prevención y persecución transnacional de los matrimonios forzados.
4. Consideraciones finales: la conveniente armonización de los estándares normativos internacionales y regionales de Derechos Humanos para prevenir y combatir los matrimonios forzados.


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