Diccionario panhispánico del español jurídico

La Sentencia Arbitral de Guadalupe de 1486. Estadios de incentivos y liberalización de la tierra en los reinos hispánicos medievales

por Marzal Yetano, Elia

Artículo
ISSN: 0304-4319
Otros Autores: Ministerio de Justicia
Ver otros artículos del mismo número: 86

La Sentencia Arbitral de Guadalupe de 1486, que pone fin a la guerra de los remensas al autorizar la salida de los labriegos de la tierra, ha sido interpretada como un hito en el contexto europeo, representando la quiebra de la organización medieval señorial. Sin embargo, ya en 1017 los Decretos de León autorizaban a los campesinos a abandonar la tierra, sin mediar el conflicto social que conoce luego Cataluña, y el Capitular Carolingio de Carlos el Calvo de 844 establecía precisamente en territorio catalán un claro precedente de las medidas liberalizadoras de los Decretos. La constatación de este doble contraste lleva a proponer una relectura de la Sentencia Arbitral a la luz de las siguientes preguntas: ¿Por qué se aprueba a principios del siglo xi en León una medida general de libertad de movimiento para la que hay que esperar en Cataluña más de cuatro siglos, siendo además considerada pionera la catalana? ¿Por qué en Cataluña se acaba imponiendo el régimen medieval más gravoso de sujeción a la tierra, habiéndose significado inicialmente por su flexibilidad? A través de la comparación y desde una perspectiva política que fija la base de la organización medieval en la capacidad de autodefensa, este trabajo reevalúa la Sentencia Arbitral en el proceso de desmantelamiento del régimen señorial a partir de la reconstrucción de la lógica subyacente de manera común a estos tres textos. Y argumenta que esa liberalización se produce ahí donde y cuando el Rey tiene incentivos para ello. Cuando necesita hombres para proceder a la repoblación y reconquista, fortaleciendo su posición frente a la de los señores. O cuando, sin existir el incentivo de la expansión territorial, como ocurre en 1486 (cuando sí se da en cambio el trasfondo de la lucha social entre señores y campesinos), el Rey sigue inmerso en una lucha fundamental frente a los señores, siendo esta motivación, más que la fuerza de la causa social de los campesinos, lo que habría posibilitado la liberalización de la tierra finalmente también en Cataluña.

Tabla de Contenidos

I. La sujeción a la tierra, configuradora de la fidelidad: la condición jurídica de los campesinos sobre la que operan los textos analizados.
II. La salida de la tierra, quiebra de la fidelidad: modalidades de disolución del vínculo de sujeción introducidas en los textos.
III. Cautelas que amortiguan la quiebra de la fidelidad: límites incorporados a la medida liberalizadora.



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La Sentencia Arbitral de Guadalupe de 1486, que pone fin a la guerra de los remensas al autorizar la salida de los labriegos de la tierra, ha sido interpretada como un hito en el contexto europeo, representando la quiebra de la organización medieval señorial. Sin embargo, ya en 1017 los Decretos de León autorizaban a los campesinos a abandonar la tierra, sin mediar el conflicto social que conoce luego Cataluña, y el Capitular Carolingio de Carlos el Calvo de 844 establecía precisamente en territorio catalán un claro precedente de las medidas liberalizadoras de los Decretos. La constatación de este doble contraste lleva a proponer una relectura de la Sentencia Arbitral a la luz de las siguientes preguntas: ¿Por qué se aprueba a principios del siglo xi en León una medida general de libertad de movimiento para la que hay que esperar en Cataluña más de cuatro siglos, siendo además considerada pionera la catalana? ¿Por qué en Cataluña se acaba imponiendo el régimen medieval más gravoso de sujeción a la tierra, habiéndose significado inicialmente por su flexibilidad? A través de la comparación y desde una perspectiva política que fija la base de la organización medieval en la capacidad de autodefensa, este trabajo reevalúa la Sentencia Arbitral en el proceso de desmantelamiento del régimen señorial a partir de la reconstrucción de la lógica subyacente de manera común a estos tres textos. Y argumenta que esa liberalización se produce ahí donde y cuando el Rey tiene incentivos para ello. Cuando necesita hombres para proceder a la repoblación y reconquista, fortaleciendo su posición frente a la de los señores. O cuando, sin existir el incentivo de la expansión territorial, como ocurre en 1486 (cuando sí se da en cambio el trasfondo de la lucha social entre señores y campesinos), el Rey sigue inmerso en una lucha fundamental frente a los señores, siendo esta motivación, más que la fuerza de la causa social de los campesinos, lo que habría posibilitado la liberalización de la tierra finalmente también en Cataluña.

Tabla de Contenidos

I. La sujeción a la tierra, configuradora de la fidelidad: la condición jurídica de los campesinos sobre la que operan los textos analizados.
II. La salida de la tierra, quiebra de la fidelidad: modalidades de disolución del vínculo de sujeción introducidas en los textos.
III. Cautelas que amortiguan la quiebra de la fidelidad: límites incorporados a la medida liberalizadora.


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