Diccionario panhispánico del español jurídico

Economía circular y la implementación del sistema de depósito, devolución y retorno para los residuos de pilas y acumuladores portátiles

por Serrano Lozano, Rubén

Artículo
ISSN: 1989-5666
Ver otros artículos del mismo número: Nº 109. Febrero 2021

En este estudio se abordan diversos aspectos del régimen jurídico de los residuos de pilas y acumuladores necesarios para que nuestro derecho se adapte a las exigencias del derecho comunitario. No obstante, se sugiere la posibilidad de poner en funcionamiento e implementar, en España, el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno como sistema de gestión, sobre todo, de los residuos de pilas y acumuladores portátiles, ante la necesidad de incrementar los porcentajes de recogida y reciclado de este tipo de residuos que encamine la gestión de los mismos hacia los postulados de la denominada “economía circular”.
El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno como sistema de gestión de los residuos de pilas y acumuladores es un sistema que ha estado previsto desde la primera regulación europea (en 1991) de los residuos de pilas y acumuladores, hasta la actualidad. Si bien, inicialmente, en la versión española de la regulación europea, se denominó “sistema de fianza”, aunque en la versión inglesa de la misma se denominó: “deposit system” y en la versión francesa: “système de consigne”. No obstante, pese a su previsión, es un sistema que (dadas las obligaciones y actuaciones que conlleva para productores, distribuidores y consumidores) ha sido preterido, en nuestro país, en favor de otros sistemas más cómodos para todos los anteriores agentes, pero, sin duda, en lo que se refiere a los residuos de pilas y acumuladores portátiles, quizá no han sido lo suficientemente eficientes (pese a sus meritorios logros) en cuanto a los porcentajes de recogida y reciclado. Su puesta en funcionamiento requiere una actuación (aún pendiente de realizar) por parte del Ministerio que ostente las competencias en la protección del medio ambiente consistente en fijar (a través de Orden Ministerial) las cantidades a cobrar, en concepto de depósito, por cada tipo de pila o acumulador.

Tabla de Contenidos

1. Introducción
2. El imparable y creciente consumo de las pilas y acumuladores en nuestro modus vivendi actual y consiguiente aumento de sus residuos
3. Marco normativo actual
3.1. La transcendencia jurídica de la distinción entre residuos de pilas y acumuladores “portátiles”, “industriales” y “de automoción” en aras a su gestión
3.1.1. Gestión de los residuos de pilas y acumuladores portátiles
3.1.2. Gestión de los residuos de pilas y acumuladores industriales
3.1.3. Gestión de los residuos de pilas y acumuladores de automoción
4. La responsabilidad ampliada del productor
4.1. Régimen general de responsabilidad ampliada del productor del producto
4.2. Régimen específico de responsabilidad ampliada del productor de pilas y acumuladores
5. Conclusión
6. Bibliografía



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En este estudio se abordan diversos aspectos del régimen jurídico de los residuos de pilas y acumuladores necesarios para que nuestro derecho se adapte a las exigencias del derecho comunitario. No obstante, se sugiere la posibilidad de poner en funcionamiento e implementar, en España, el Sistema de Depósito, Devolución y Retorno como sistema de gestión, sobre todo, de los residuos de pilas y acumuladores portátiles, ante la necesidad de incrementar los porcentajes de recogida y reciclado de este tipo de residuos que encamine la gestión de los mismos hacia los postulados de la denominada “economía circular”.
El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno como sistema de gestión de los residuos de pilas y acumuladores es un sistema que ha estado previsto desde la primera regulación europea (en 1991) de los residuos de pilas y acumuladores, hasta la actualidad. Si bien, inicialmente, en la versión española de la regulación europea, se denominó “sistema de fianza”, aunque en la versión inglesa de la misma se denominó: “deposit system” y en la versión francesa: “système de consigne”. No obstante, pese a su previsión, es un sistema que (dadas las obligaciones y actuaciones que conlleva para productores, distribuidores y consumidores) ha sido preterido, en nuestro país, en favor de otros sistemas más cómodos para todos los anteriores agentes, pero, sin duda, en lo que se refiere a los residuos de pilas y acumuladores portátiles, quizá no han sido lo suficientemente eficientes (pese a sus meritorios logros) en cuanto a los porcentajes de recogida y reciclado. Su puesta en funcionamiento requiere una actuación (aún pendiente de realizar) por parte del Ministerio que ostente las competencias en la protección del medio ambiente consistente en fijar (a través de Orden Ministerial) las cantidades a cobrar, en concepto de depósito, por cada tipo de pila o acumulador.

Tabla de Contenidos

1. Introducción
2. El imparable y creciente consumo de las pilas y acumuladores en nuestro modus vivendi actual y consiguiente aumento de sus residuos
3. Marco normativo actual
3.1. La transcendencia jurídica de la distinción entre residuos de pilas y acumuladores “portátiles”, “industriales” y “de automoción” en aras a su gestión
3.1.1. Gestión de los residuos de pilas y acumuladores portátiles
3.1.2. Gestión de los residuos de pilas y acumuladores industriales
3.1.3. Gestión de los residuos de pilas y acumuladores de automoción
4. La responsabilidad ampliada del productor
4.1. Régimen general de responsabilidad ampliada del productor del producto
4.2. Régimen específico de responsabilidad ampliada del productor de pilas y acumuladores
5. Conclusión
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