Diccionario panhispánico del español jurídico

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Los servicios a las personas: La adjudicación directa como alternativa al concierto social

por Martín Egaña, Arantza

Artículo
ISSN: 2386-8104
Ver otros artículos del mismo número: Número 25. Marzo 2021

La figura del concierto social, introducida por la mayoría de las CCAA en sus legislaciones como instrumento no contractual expresamente reconocido en la Disposición Adicional 49ª LCSP para la gestión de los denominados "servicios a las personas", se ha revelado como la mejor fórmula para la prestación de estos servicios de interés general por su capacidad para cohonestar sus especiales características con los principios que deben presidir su actuación, asegurando tanto una respuesta eficaz a la satisfacción de necesidades sociales de colectivos desfavorecidos, como la garantía de una atención personalizada e integral. Se trata, por tanto, de una figura con innegables virtudes, tanto por la calidad, estabilidad y continuidad que ofrece a los usuarios de los servicios, a los que implica, además, en la toma de decisiones, como por su flexibilidad, eficacia y competitividad. El principal problema se plantea en aquellos casos en los que no existe normativa autonómica de desarrollo, lo que obliga a analizar otras posibles soluciones para la adjudicación de este tipo de prestaciones, como alternativa al concierto, en tanto se aprueba el correspondiente desarrollo autonómico.

Tabla de Contenidos

1. INTRODUCCIÓN.
2. LOS SERVICIOS A LAS PERSONAS: RÉGIMEN JURÍDICO.
2.1 "Servicios a las personas": caracterización.
2.2 Régimen jurídico aplicable a la prestación de estos servicios.
2.3 Modalidades de articulación.
2.3.1 Fórmulas contractuales.
2.3.1.1 Régimen aplicable a los contratos de servicios o concesiones de servicios especiales.
2.3.1.2 Reserva de contratos.
2.3.2 fórmulas no contractuales: acción concertada o concierto social.
3. ANÁLISIS COMPARADO DE LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA EN MATERIA DE CONCIERTO SOCIAL.
3.1 Concepto y ámbito subjetivo del concierto social.
3.2 Objeto y principios del concierto social.
3.3 Requisitos de acceso al régimen de concierto social.
3.4 Procedimiento de concertación y criterios de preferencia.
3.5 Cláusulas sociales y ambientales.
3.6 Control de los servicios concertados.
3.7 Régimen de financiación.
3.8 Recapitulación.
4. DE LA TEORÍA A LA PRÁCTICA: ESTUDIO DE UNA SOLUCIÓN VALLE A LA ESPERA DEL CORRESPONDIENTE DESARROLLO AUTONÓMICO.
4.1 Antecedentes.
4.2 Situación actual.
4.3 Posibles soluciones: justificación de su viabilidad jurídica.
4.3.1 Reserva de contratos (D.A. 48º LCSP).
4.3.2 Adjudicación directa.
4.3.3 Consulta preliminar al mercado.
5. CONCLUSIONES.
6. BIBLIOGRAFÍA


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La figura del concierto social, introducida por la mayoría de las CCAA en sus legislaciones como instrumento no contractual expresamente reconocido en la Disposición Adicional 49ª LCSP para la gestión de los denominados "servicios a las personas", se ha revelado como la mejor fórmula para la prestación de estos servicios de interés general por su capacidad para cohonestar sus especiales características con los principios que deben presidir su actuación, asegurando tanto una respuesta eficaz a la satisfacción de necesidades sociales de colectivos desfavorecidos, como la garantía de una atención personalizada e integral. Se trata, por tanto, de una figura con innegables virtudes, tanto por la calidad, estabilidad y continuidad que ofrece a los usuarios de los servicios, a los que implica, además, en la toma de decisiones, como por su flexibilidad, eficacia y competitividad. El principal problema se plantea en aquellos casos en los que no existe normativa autonómica de desarrollo, lo que obliga a analizar otras posibles soluciones para la adjudicación de este tipo de prestaciones, como alternativa al concierto, en tanto se aprueba el correspondiente desarrollo autonómico.

Tabla de Contenidos

1. INTRODUCCIÓN.
2. LOS SERVICIOS A LAS PERSONAS: RÉGIMEN JURÍDICO.
2.1 "Servicios a las personas": caracterización.
2.2 Régimen jurídico aplicable a la prestación de estos servicios.
2.3 Modalidades de articulación.
2.3.1 Fórmulas contractuales.
2.3.1.1 Régimen aplicable a los contratos de servicios o concesiones de servicios especiales.
2.3.1.2 Reserva de contratos.
2.3.2 fórmulas no contractuales: acción concertada o concierto social.
3. ANÁLISIS COMPARADO DE LA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA EN MATERIA DE CONCIERTO SOCIAL.
3.1 Concepto y ámbito subjetivo del concierto social.
3.2 Objeto y principios del concierto social.
3.3 Requisitos de acceso al régimen de concierto social.
3.4 Procedimiento de concertación y criterios de preferencia.
3.5 Cláusulas sociales y ambientales.
3.6 Control de los servicios concertados.
3.7 Régimen de financiación.
3.8 Recapitulación.
4. DE LA TEORÍA A LA PRÁCTICA: ESTUDIO DE UNA SOLUCIÓN VALLE A LA ESPERA DEL CORRESPONDIENTE DESARROLLO AUTONÓMICO.
4.1 Antecedentes.
4.2 Situación actual.
4.3 Posibles soluciones: justificación de su viabilidad jurídica.
4.3.1 Reserva de contratos (D.A. 48º LCSP).
4.3.2 Adjudicación directa.
4.3.3 Consulta preliminar al mercado.
5. CONCLUSIONES.
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