Diccionario panhispánico del español jurídico

Copias sin limite

Una vision del Public Compliance en Argentina, tratando de seguir el modelo español

por Ceserani, Luis

Artículo
ISSN: 2386-8104
Ver otros artículos del mismo número: Número 26. Junio 2021

El presente trabajo nace como una inquietud personal del autor, luego de participar en Madrid en la Conferencia Anticorrupción Organizada por C5 Group; la misma dejó en evidencia que el derecho es un subsistema que se nutre, entre otras cuestiones, del derecho comparado. En este humilde aporte, trataremos de demostrar la necesidad de traspolar el modelo español del Public Compliance al derecho argentino; específicamente en las personas jurídicas públicas, empresas públicas y en los partidos políticos. Estos institutos carecen de regulación en el derecho argentino, en lo que a Public Compliance se refiere. Para ello analizaremos los modelos argentino y español pretendiendo demostrar las falencias del primero y anhelando la aplicación del segundo en la laguna legislativa.

Tabla de Contenidos

I.- El marco contextual.
II.- Compliance y Public Compliance.
III. Personas Jurídicas Públicas.
IV.- Public Compliance en las personas jurídicas públicas estatal y no estatal, siguiendo el modelo Castilla La Mancha.
V.- Public Compliance en las sociedades del Estado, Empresas del Estado y SA con Participación Estatal Mayoritaria.
VI.- Selección y funciones del Public Compliance Officer.
VII.- Partidos políticos:
1.- Conceptualización. Análisis del sistema español.
2.- Naturaleza jurídica.
3.- Sujetos de derecho penal.
4.- Public Compliance en los partidos políticos.
VIII.- Conclusión.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 454 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

El presente trabajo nace como una inquietud personal del autor, luego de participar en Madrid en la Conferencia Anticorrupción Organizada por C5 Group; la misma dejó en evidencia que el derecho es un subsistema que se nutre, entre otras cuestiones, del derecho comparado. En este humilde aporte, trataremos de demostrar la necesidad de traspolar el modelo español del Public Compliance al derecho argentino; específicamente en las personas jurídicas públicas, empresas públicas y en los partidos políticos. Estos institutos carecen de regulación en el derecho argentino, en lo que a Public Compliance se refiere. Para ello analizaremos los modelos argentino y español pretendiendo demostrar las falencias del primero y anhelando la aplicación del segundo en la laguna legislativa.

Tabla de Contenidos

I.- El marco contextual.
II.- Compliance y Public Compliance.
III. Personas Jurídicas Públicas.
IV.- Public Compliance en las personas jurídicas públicas estatal y no estatal, siguiendo el modelo Castilla La Mancha.
V.- Public Compliance en las sociedades del Estado, Empresas del Estado y SA con Participación Estatal Mayoritaria.
VI.- Selección y funciones del Public Compliance Officer.
VII.- Partidos políticos:
1.- Conceptualización. Análisis del sistema español.
2.- Naturaleza jurídica.
3.- Sujetos de derecho penal.
4.- Public Compliance en los partidos políticos.
VIII.- Conclusión.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 454 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior