Diccionario panhispánico del español jurídico

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El derecho fundamental de la huelga cuando se trabaja a bordo de buques pesqueros

por Martínez Gayoso, María de las Nieves

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2021
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El objeto de este trabajo es analizar las dificultades del ejercicio del derecho fundamental a la huelga, especialmente cuando se está a bordo del propio buque pesquero. La seguridad marítima impone requisitos formales adicionales a los habituales vinculados al ejercicio de la huelga en España. Se constata que la huelga es un derecho terrestre, incluso cuando se ejerce por pescadores. Las incertidumbres sobre los límites y consecuencias aparejadas al ejercicio de la huelga a bordo del buque, hacen que las protestas se relacionen con el incumplimiento de deberes derivados del contrato de trabajo susceptibles de ser ejercidos en el puerto y bajo el control de la administración marítima.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. TITULARES DEL DERECHO A LA HUELGA
1. Los pescadores trabajadores por cuenta ajena ¿y los pescadores trabajadores por cuenta propia?
2. Consideraciones sobre acciones de protesta convocadas por Cofradías de pescadores.
III. LOS OBJETIVOS DE LA HUELGA.
IV. MODALIDADES DE HUELGA
1. La huelga de pescadores, derecho de ejercicio terrestre
2. La huelga con ocupación del lugar de trabajo y el buque como lugar de trabajo y residencia.
V. LA COMUNICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE HUELGA.
VI. LOS SISTEMAS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LA HUELGA EN LA PESCA
1. Los sistemas autónomos de solución de controversias laborales, la huelga y los servicios de mantenimiento y seguridad
2. El arbitraje obligatorio como modo excepcional de finalización de la huelga.
VII. HUELGA DE PESCADORES Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.
VIII. CONCLUSIÓN


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El objeto de este trabajo es analizar las dificultades del ejercicio del derecho fundamental a la huelga, especialmente cuando se está a bordo del propio buque pesquero. La seguridad marítima impone requisitos formales adicionales a los habituales vinculados al ejercicio de la huelga en España. Se constata que la huelga es un derecho terrestre, incluso cuando se ejerce por pescadores. Las incertidumbres sobre los límites y consecuencias aparejadas al ejercicio de la huelga a bordo del buque, hacen que las protestas se relacionen con el incumplimiento de deberes derivados del contrato de trabajo susceptibles de ser ejercidos en el puerto y bajo el control de la administración marítima.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. TITULARES DEL DERECHO A LA HUELGA
1. Los pescadores trabajadores por cuenta ajena ¿y los pescadores trabajadores por cuenta propia?
2. Consideraciones sobre acciones de protesta convocadas por Cofradías de pescadores.
III. LOS OBJETIVOS DE LA HUELGA.
IV. MODALIDADES DE HUELGA
1. La huelga de pescadores, derecho de ejercicio terrestre
2. La huelga con ocupación del lugar de trabajo y el buque como lugar de trabajo y residencia.
V. LA COMUNICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE HUELGA.
VI. LOS SISTEMAS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LA HUELGA EN LA PESCA
1. Los sistemas autónomos de solución de controversias laborales, la huelga y los servicios de mantenimiento y seguridad
2. El arbitraje obligatorio como modo excepcional de finalización de la huelga.
VII. HUELGA DE PESCADORES Y SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.
VIII. CONCLUSIÓN


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