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La promoción del derecho a la vida a través de la defensa de la ayuda a morir: ¿nuevo paradigma?
La impugnación en sede judicial de la declaración de utilidad pública de una asociación que tiene entre sus fines la despenalización de la eutanasia y el suicidio asistido, sirve de pretexto para ahondar en cuestiones complejas, como la muerte digna o la disponibilidad del derecho a la vida, que son de candente actualidad tras la promulgación de la Ley Orgánica 3/2021, reguladora de la eutanasia, que configura la petición de ayuda para morir por parte de quien está en determinados supuestos como un derecho individual, incluye su prestación en la cartera común de servicios del sistema nacional de salud, garantiza su financiación pública y permite su realización en centros sanitarios públicos, privados o concertados, además de en el propio domicilio.
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La impugnación en sede judicial de la declaración de utilidad pública de una asociación que tiene entre sus fines la despenalización de la eutanasia y el suicidio asistido, sirve de pretexto para ahondar en cuestiones complejas, como la muerte digna o la disponibilidad del derecho a la vida, que son de candente actualidad tras la promulgación de la Ley Orgánica 3/2021, reguladora de la eutanasia, que configura la petición de ayuda para morir por parte de quien está en determinados supuestos como un derecho individual, incluye su prestación en la cartera común de servicios del sistema nacional de salud, garantiza su financiación pública y permite su realización en centros sanitarios públicos, privados o concertados, además de en el propio domicilio.