Diccionario panhispánico del español jurídico

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La heterogeneidad y complejidad en la regulación de los sistemas de elección y del Estatuto de los Senadores y Senadoras designados por los Parlamentos Autonómicos

por Pérez-Gabaldón, Marta

Artículo
ISSN: 1886-6212
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 35

La regulación de los Senadores de designación autonómica parte del 69.5 CE. Este determina que, junto a los senadores electos, las CCAA “designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. (…) de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional”. Sin embargo, la regulación de la figura va más allá, por cuanto la STC 40/1981 consideró que la Ley autonómica era una fuente jurídica adecuada para regularla, por lo que cada Comunidad reguló la designación y el Estatuto de los Senadores de designación autonómica haciendo uso de la pluralidad de fuentes que consideró oportuna. Se trata de un tema que presenta una heterogeneidad y diversidad normativa significativa, además de una densidad regulatoria dispar entre las diferentes CCAA, cuyo análisis sistemático es el objeto del presente estudio.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. UNA VISIÓN FORMAL HACIA LA PLURALIDAD DE FUENTES QUE REGULA LA FIGURA DEL SENADOR DE DESIGNACIÓN AUTONÓMICA
1. Breve referencia a nivel estatal a partir del artículo 69.5 CE
2. La diversidad y la dispersión en la regulación de la figura de los Senadores Autonómicos en las CCAA.
III. UNA VISIÓN MATERIAL SOBRE LA REGULACIÓN DE LOS SENADORES DE DESIGNACIÓN AUTONÓMICA
1. El particular estatuto de los senadores autonómicos
1.1. Los derechos y dereberes de los Senadores de designación autonómica. Especial referencia a la relación con el Parlamento Autonómico designante
1.2. El mandato de los Senadores: duración, renovación y cese
2. El régimen electoral de los senadores de designación autonómica
2.1. Breve referencia al problema de la determinación del número de Senadores para cada Comunidad Autónoma
2.2. Requisitos de elegibilidad. Las inelegibilidades e incompatibilidades
2.3. El procedimiento de designación (I). La fórmula para lograr la adecuada proporcionalidad
2.4. El procedimiento de designación (II). La presentación de candidaturas y el análisis de las incompatibilidades en la tramitación parlamentaria
2.5. El procedimiento de designación (III). La votación en la cámara autonómica, la aceptación y la entrega de credenciales a los senadores
2.6 El procedimiento de designación (IV). La cobertura de las vacantes sobrevenidas.
IV. CONCLUSIONES.
V. BIBLIOGRAFÍA.


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La regulación de los Senadores de designación autonómica parte del 69.5 CE. Este determina que, junto a los senadores electos, las CCAA “designarán además un Senador y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio. (…) de acuerdo con lo que establezcan los Estatutos, que asegurarán, en todo caso, la adecuada representación proporcional”. Sin embargo, la regulación de la figura va más allá, por cuanto la STC 40/1981 consideró que la Ley autonómica era una fuente jurídica adecuada para regularla, por lo que cada Comunidad reguló la designación y el Estatuto de los Senadores de designación autonómica haciendo uso de la pluralidad de fuentes que consideró oportuna. Se trata de un tema que presenta una heterogeneidad y diversidad normativa significativa, además de una densidad regulatoria dispar entre las diferentes CCAA, cuyo análisis sistemático es el objeto del presente estudio.

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I. INTRODUCCIÓN.
II. UNA VISIÓN FORMAL HACIA LA PLURALIDAD DE FUENTES QUE REGULA LA FIGURA DEL SENADOR DE DESIGNACIÓN AUTONÓMICA
1. Breve referencia a nivel estatal a partir del artículo 69.5 CE
2. La diversidad y la dispersión en la regulación de la figura de los Senadores Autonómicos en las CCAA.
III. UNA VISIÓN MATERIAL SOBRE LA REGULACIÓN DE LOS SENADORES DE DESIGNACIÓN AUTONÓMICA
1. El particular estatuto de los senadores autonómicos
1.1. Los derechos y dereberes de los Senadores de designación autonómica. Especial referencia a la relación con el Parlamento Autonómico designante
1.2. El mandato de los Senadores: duración, renovación y cese
2. El régimen electoral de los senadores de designación autonómica
2.1. Breve referencia al problema de la determinación del número de Senadores para cada Comunidad Autónoma
2.2. Requisitos de elegibilidad. Las inelegibilidades e incompatibilidades
2.3. El procedimiento de designación (I). La fórmula para lograr la adecuada proporcionalidad
2.4. El procedimiento de designación (II). La presentación de candidaturas y el análisis de las incompatibilidades en la tramitación parlamentaria
2.5. El procedimiento de designación (III). La votación en la cámara autonómica, la aceptación y la entrega de credenciales a los senadores
2.6 El procedimiento de designación (IV). La cobertura de las vacantes sobrevenidas.
IV. CONCLUSIONES.
V. BIBLIOGRAFÍA.


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