Diccionario panhispánico del español jurídico

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El derecho administrativo frente a la teoría de la sociedad del riesgo de Ülrich Beck

por Díaz Perilla, Viviana

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 57

En un momento en el que la incertidumbre describe a las sociedades postmodernas, la observación social le entrega al jurista un prisma de interpretación renovado. Este artículo propone revisar algunas de las reflexiones que el sociólogo alemán Ülrich Beck realizó alrededor de la noción de riesgo como descriptor del escenario social contemporáneo y trasladarlas al universo de lo jurídico. De este modo, se abordará el tema desde la perspectiva del derecho público en general, y del derecho administrativo en particular, como herramientas que permiten a los gobiernos adoptar medidas extraordinarias cuando la materialización de dichos riesgos es fuente de crisis. Éstas a su vez, dejan al desnudo una crisis más profunda situada en un nivel axiológico. La distorsión de valores que acompaña la actividad legislativa de los Estados incita a la autogeneración y a la agravación del riesgo.

Tabla de Contenidos

-INTRODUCCIÓN.
I. LA SOCIEDAD POSTMODERNA: UNA SOCIEDAD DE RIESGO:
1. La mutación del riesgo: un riesgo politizado, auto engendrado y globalizado.
2. La crisis del Estado y el necesario paso hacia un contexto de democracia reflexiva en la búsqueda de limitar la autogeneración del riesgo.
II. EL DERECHO PÚBLICO Y LA GESTIÓN DEL RIESGO: EL PASO DE UN DERECHO POCO FLEXIBLE, REACTIVO Y ESTÁTICO HACIA UN DERECHO AUTORREGULADO Y EN PERMANENTE CONSTRUCCIÓN:
1. El principio de legalidad y la Urgencia: El punto de partida para la adopción de medidas extraordinarias frente al riesgo.
2. De la reactividad del derecho administrativo frente al riesgo hacia la flexibilización.
-CONCLUSIÓN.
-BIBLIOGRAFÍA.


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En un momento en el que la incertidumbre describe a las sociedades postmodernas, la observación social le entrega al jurista un prisma de interpretación renovado. Este artículo propone revisar algunas de las reflexiones que el sociólogo alemán Ülrich Beck realizó alrededor de la noción de riesgo como descriptor del escenario social contemporáneo y trasladarlas al universo de lo jurídico. De este modo, se abordará el tema desde la perspectiva del derecho público en general, y del derecho administrativo en particular, como herramientas que permiten a los gobiernos adoptar medidas extraordinarias cuando la materialización de dichos riesgos es fuente de crisis. Éstas a su vez, dejan al desnudo una crisis más profunda situada en un nivel axiológico. La distorsión de valores que acompaña la actividad legislativa de los Estados incita a la autogeneración y a la agravación del riesgo.

Tabla de Contenidos

-INTRODUCCIÓN.
I. LA SOCIEDAD POSTMODERNA: UNA SOCIEDAD DE RIESGO:
1. La mutación del riesgo: un riesgo politizado, auto engendrado y globalizado.
2. La crisis del Estado y el necesario paso hacia un contexto de democracia reflexiva en la búsqueda de limitar la autogeneración del riesgo.
II. EL DERECHO PÚBLICO Y LA GESTIÓN DEL RIESGO: EL PASO DE UN DERECHO POCO FLEXIBLE, REACTIVO Y ESTÁTICO HACIA UN DERECHO AUTORREGULADO Y EN PERMANENTE CONSTRUCCIÓN:
1. El principio de legalidad y la Urgencia: El punto de partida para la adopción de medidas extraordinarias frente al riesgo.
2. De la reactividad del derecho administrativo frente al riesgo hacia la flexibilización.
-CONCLUSIÓN.
-BIBLIOGRAFÍA.


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