Diccionario panhispánico del español jurídico

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Defensa y protección de la red de vías pecuarias española

por Gamero Ruiz, Eva

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2021
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La red de vías pecuarias de España siempre merece un capítulo aparte dentro de nuestro rico patrimonio natural y cultural. Conviene no bajar nunca la guardia en su defensa y protección y rebatir la idea de que estamos ante un fósil del pasado: junto con su valor histórico y cultural, las vías pecuarias son corredores ecológicos, permiten la conservación de ganaderías autóctonas y son caminos públicos que facilitan el acceso al campo de la población, tan necesario en estos tiempos de pandemia. El presente artículo analiza la jurisprudencia más reciente que deslegitima las ocupaciones e intrusiones ilegales de vías pecuarias, insiste en que su imprescriptibilidad implica atribución de potestades de recuperación de las vías pecuarias que no se devalúan por el paso del tiempo, y recuerda la independencia y compatibilidad entre las potestades sancionadoras y potestades de restauración de la realidad física alterada, que se rigen por principios y plazos diferentes. Se hace una mención especial al Decreto 7/2021, de 27 de enero, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid que supone una confesión expresa del legislador sobre la importancia de la materia regulada.


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La red de vías pecuarias de España siempre merece un capítulo aparte dentro de nuestro rico patrimonio natural y cultural. Conviene no bajar nunca la guardia en su defensa y protección y rebatir la idea de que estamos ante un fósil del pasado: junto con su valor histórico y cultural, las vías pecuarias son corredores ecológicos, permiten la conservación de ganaderías autóctonas y son caminos públicos que facilitan el acceso al campo de la población, tan necesario en estos tiempos de pandemia. El presente artículo analiza la jurisprudencia más reciente que deslegitima las ocupaciones e intrusiones ilegales de vías pecuarias, insiste en que su imprescriptibilidad implica atribución de potestades de recuperación de las vías pecuarias que no se devalúan por el paso del tiempo, y recuerda la independencia y compatibilidad entre las potestades sancionadoras y potestades de restauración de la realidad física alterada, que se rigen por principios y plazos diferentes. Se hace una mención especial al Decreto 7/2021, de 27 de enero, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid que supone una confesión expresa del legislador sobre la importancia de la materia regulada.


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