Diccionario panhispánico del español jurídico

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Los poderes de ejecución del Tribunal Constitucional

por Reifarth Muñoz, Walter

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 54

Este trabajo tiene por objeto el análisis crítico de los poderes de ejecución del Tribunal Constitucional a partir de la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre. En concreto, se partirá de la efectividad de las resoluciones constitucionales como pretendida base de una reforma que ha ampliado las facultades de que ya disponía el Tribunal y ha introducido importantes modificaciones en esta materia, como la posibilidad de suspender a autoridades y funcionarios públicos, de solicitar del Gobierno de la Nación la ejecución sustitutoria, de deducir el testimonio de particulares para exigir responsabilidad penal y de imponer medidas inaudita parte en casos de especial trascendencia constitucional.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. EL CONTROL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y EL VALOR DE SUS RESOLUCIONES: 1. El Tribunal Constitucional como órgano jurisdiccional
2. La fuerza vinculante de las resoluciones constitucionales: 2.1. Fundamento y alcance de la vinculación de las resoluciones constitucionales
2.2. La doctrina del Tribunal Constitucional sobre la eficacia de sus resoluciones.
III. LAS FACULTADES DE EJECUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL INTRODUCIDAS POR LA LEY ORGÁNICA 15/2015: 1. La necesidad, oportunidad y tramitación de la reforma
2. La notificación personal y el auxilio judicial
3. Las resoluciones constitucionales como «título ejecutivo» y el incidente de ejecución
4. Las concretas potestades del artículo 92 LOTC: 4.1. La posibilidad de imponer multas coercitivas
4.2. La suspensión de autoridades y funcionarios públicos
4.3. La ejecución sustitutoria
4.4. La deducción del testimonio para exigir responsabilidad penal
4.5. La facultad de imponer medidas inaudita parte
5. La aplicación supletoria de la LJCA.
IV. CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA.


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Este trabajo tiene por objeto el análisis crítico de los poderes de ejecución del Tribunal Constitucional a partir de la Ley Orgánica 15/2015, de 16 de octubre. En concreto, se partirá de la efectividad de las resoluciones constitucionales como pretendida base de una reforma que ha ampliado las facultades de que ya disponía el Tribunal y ha introducido importantes modificaciones en esta materia, como la posibilidad de suspender a autoridades y funcionarios públicos, de solicitar del Gobierno de la Nación la ejecución sustitutoria, de deducir el testimonio de particulares para exigir responsabilidad penal y de imponer medidas inaudita parte en casos de especial trascendencia constitucional.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. EL CONTROL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y EL VALOR DE SUS RESOLUCIONES: 1. El Tribunal Constitucional como órgano jurisdiccional
2. La fuerza vinculante de las resoluciones constitucionales: 2.1. Fundamento y alcance de la vinculación de las resoluciones constitucionales
2.2. La doctrina del Tribunal Constitucional sobre la eficacia de sus resoluciones.
III. LAS FACULTADES DE EJECUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL INTRODUCIDAS POR LA LEY ORGÁNICA 15/2015: 1. La necesidad, oportunidad y tramitación de la reforma
2. La notificación personal y el auxilio judicial
3. Las resoluciones constitucionales como «título ejecutivo» y el incidente de ejecución
4. Las concretas potestades del artículo 92 LOTC: 4.1. La posibilidad de imponer multas coercitivas
4.2. La suspensión de autoridades y funcionarios públicos
4.3. La ejecución sustitutoria
4.4. La deducción del testimonio para exigir responsabilidad penal
4.5. La facultad de imponer medidas inaudita parte
5. La aplicación supletoria de la LJCA.
IV. CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA.


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