Diccionario panhispánico del español jurídico

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La admisibilidad de la prueba obtenida mediante la orden europea de investigación en el proceso penal español

por González Fernández, Ana Isabel

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 54

El presente trabajo intenta abordar, desde la perspectiva de la protección de los derechos fundamentales del encausado, la incorporación al proceso penal español de las pruebas obtenidas mediante la Orden Europea de Investigación. Este instrumento de cooperación se introdujo a través de la Directiva 2014/41/UE, relativa a la Orden Europea de Investigación. Los postulados de la Directiva se introdujeron en nuestro Ordenamiento Jurídico a través de la Ley 3/2018, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, para regular la Orden Europea de Investigación. De todos los instrumentos jurídicos enumerados nos ocuparemos a lo largo de estas líneas.
Además, tendremos en cuenta la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con la protección de los derechos procesales de los encausados en la causa penal en la que se emite la Orden Europea de Investigación.
Finalmente, en la parte final del trabajo, nos ocuparemos de la obtención de perfiles de ADN como diligencia de prueba y la inscripción de los mismos en las bases de datos genéticos, siendo una importante herramienta en la lucha contra la criminalidad tanto a nivel nacional como transfronterizo.

Tabla de Contenidos

I. Introducción;
II. LA DIRECTIVA 2014/41/CE RELATIVA A LA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN;
III. La transposición de la Directiva 2014/41/CE al derecho español
3.1. Emisión y ejecución de la OEI
3.2. Los motivos de denegación de emisión y ejecución de la OEI;
IV. Derechos fundamentales en el marco del reconocimiento mutuo en materia penal;
V. La prueba transnacional obtenida con vulneración de derechos fundamentales;
VI. La obtención transfronteriza de perfiles genéticos obtenida a partir de la prueba de ADN; Bibliografía.


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El presente trabajo intenta abordar, desde la perspectiva de la protección de los derechos fundamentales del encausado, la incorporación al proceso penal español de las pruebas obtenidas mediante la Orden Europea de Investigación. Este instrumento de cooperación se introdujo a través de la Directiva 2014/41/UE, relativa a la Orden Europea de Investigación. Los postulados de la Directiva se introdujeron en nuestro Ordenamiento Jurídico a través de la Ley 3/2018, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, para regular la Orden Europea de Investigación. De todos los instrumentos jurídicos enumerados nos ocuparemos a lo largo de estas líneas.
Además, tendremos en cuenta la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con la protección de los derechos procesales de los encausados en la causa penal en la que se emite la Orden Europea de Investigación.
Finalmente, en la parte final del trabajo, nos ocuparemos de la obtención de perfiles de ADN como diligencia de prueba y la inscripción de los mismos en las bases de datos genéticos, siendo una importante herramienta en la lucha contra la criminalidad tanto a nivel nacional como transfronterizo.

Tabla de Contenidos

I. Introducción;
II. LA DIRECTIVA 2014/41/CE RELATIVA A LA ORDEN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN;
III. La transposición de la Directiva 2014/41/CE al derecho español
3.1. Emisión y ejecución de la OEI
3.2. Los motivos de denegación de emisión y ejecución de la OEI;
IV. Derechos fundamentales en el marco del reconocimiento mutuo en materia penal;
V. La prueba transnacional obtenida con vulneración de derechos fundamentales;
VI. La obtención transfronteriza de perfiles genéticos obtenida a partir de la prueba de ADN; Bibliografía.


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