Diccionario panhispánico del español jurídico

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Riesgo regulatorio en las telecomunicaciones

por Quadra-Salcedo Fernández del Castillo, Tomás de la

Artículo
ISSN: 1889-0016
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 96

El riesgo regulatorio es el peaje que hay que pagar por ir contra la naturaleza de las cosas. Es decir, por tratar de que fun cionen en condiciones de mercado sectores que por sus características están abocados al monopolio; sectores que por su naturaleza reúnen todas las características de monopolio natural, lo que significa la más radical negación de la competencia y, por tanto, del mercado, las barreras de entrada en cualquier sector o las actividades en red son las dos características definitorias más relevantes del monopolio natural y las dos se dan en las telecomunicaciones. Si, además, proporcionan a la población bienes o servicios esenciales, no sustituibles, es obligada la asunción publica de la actividad o la intervención pública regulatoria. Intervención caracterizada porque no se dirige a interferir en un mercado que existe por sí mismo de forma espontánea y natural. sino a hacer que sea posible un mercado allí donde, en realidad, la naturaleza de las cosas hace Imposible el mercado por revestir las características de mono polio natural. lis la intervención pública regulatoria la que hace posible que el mercado llegue a existir al crear una especie de mercado artificial que doblega las tendencias naturales de la actividad.


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El riesgo regulatorio es el peaje que hay que pagar por ir contra la naturaleza de las cosas. Es decir, por tratar de que fun cionen en condiciones de mercado sectores que por sus características están abocados al monopolio; sectores que por su naturaleza reúnen todas las características de monopolio natural, lo que significa la más radical negación de la competencia y, por tanto, del mercado, las barreras de entrada en cualquier sector o las actividades en red son las dos características definitorias más relevantes del monopolio natural y las dos se dan en las telecomunicaciones. Si, además, proporcionan a la población bienes o servicios esenciales, no sustituibles, es obligada la asunción publica de la actividad o la intervención pública regulatoria. Intervención caracterizada porque no se dirige a interferir en un mercado que existe por sí mismo de forma espontánea y natural. sino a hacer que sea posible un mercado allí donde, en realidad, la naturaleza de las cosas hace Imposible el mercado por revestir las características de mono polio natural. lis la intervención pública regulatoria la que hace posible que el mercado llegue a existir al crear una especie de mercado artificial que doblega las tendencias naturales de la actividad.


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