La nulidad del pacto de no competencia ¿no lleva consigo la devolución de las cantidades percibidas por el trabajador?
Una cantidad mensual que representa menos del 2% del salario del mes no constituye una compensación económica adecuada para un pacto de no competencia. La nulidad del pacto no lleva consigo la devolución de las cantidades percibidas mensualmente al no haberse pactado expresamente.
I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
X. Apunte final.
Una cantidad mensual que representa menos del 2% del salario del mes no constituye una compensación económica adecuada para un pacto de no competencia. La nulidad del pacto no lleva consigo la devolución de las cantidades percibidas mensualmente al no haberse pactado expresamente.
I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
X. Apunte final.