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Acceso a las fuentes de prueba por los impugnantes de la homologación de un acuerdo de refinanciación
El presente artículo pretende analizar brevemente las posibilidades de que disponen los impugnantes de la homologación de un acuerdo de refinanciación para poder acceder a los documentos que obran en poder del deudor y que son esenciales para poder elaborar un informe pericial que acredite los motivos de impugnación alegados por los mismos.
I. INTRODUCCIÓN.
II. TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/104.
III. ARTÍCULO 336.5 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.
1. Fundamento de la norma.
2. Posible aplicación a la impugnación de la homologación.
IV. CUESTIONES NO REGULADAS.
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El presente artículo pretende analizar brevemente las posibilidades de que disponen los impugnantes de la homologación de un acuerdo de refinanciación para poder acceder a los documentos que obran en poder del deudor y que son esenciales para poder elaborar un informe pericial que acredite los motivos de impugnación alegados por los mismos.
I. INTRODUCCIÓN.
II. TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/104.
III. ARTÍCULO 336.5 DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.
1. Fundamento de la norma.
2. Posible aplicación a la impugnación de la homologación.
IV. CUESTIONES NO REGULADAS.