Diccionario panhispánico del español jurídico

El período de prueba debe concretarse en el contrato de trabajo

por Rojo Torrecilla, Eduardo

Artículo
ISSN: 2659-787X
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La sentencia analizada aborda un conflicto laboral que se suscita por la extinción del contrato de trabajo de una trabajadora embarazada durante el periodo de prueba. Es objeto de debate si es válida o no una cláusula genérica del contrato en la que se dispone que la duración de dicho período será "según convenio o artículo 14 del ET". El TS concluye que no es válida porque la duración debe constar de manera concreta en el contrato. Al tratarse de una trabajadora embarazada, y en aplicación de su consolidada jurisprudencia, califica la extinción de despido nulo por no haber quedado probada la causa alegada por la empresa.

Tabla de Contenidos

I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes y del Tribunal de origen;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
X. Apunte final.


  • Número de páginas: 7

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La sentencia analizada aborda un conflicto laboral que se suscita por la extinción del contrato de trabajo de una trabajadora embarazada durante el periodo de prueba. Es objeto de debate si es válida o no una cláusula genérica del contrato en la que se dispone que la duración de dicho período será "según convenio o artículo 14 del ET". El TS concluye que no es válida porque la duración debe constar de manera concreta en el contrato. Al tratarse de una trabajadora embarazada, y en aplicación de su consolidada jurisprudencia, califica la extinción de despido nulo por no haber quedado probada la causa alegada por la empresa.

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I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes y del Tribunal de origen;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
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