Vulneración del derecho constitucional de huelga por fijación de servicios mínimos desproporcionados
Es objeto de estudio la sentencia núm. 2/2022 de 24 de enero del TC, que declara la vulneración del derecho de huelga por haber fijado la Administración unos servicios mínimos desproporcionados y sin aportar una justificación objetiva. El TC concluye que no se ha respetado ni el marco legal ni su jurisprudencia sobre la adecuación de tales servicios mínimos a las circunstancias concretas del conflicto, como por ejemplo su duración y la existencia de medidas sustitutorias que pudieran paliar los perjuicios que pudieran sufrir los ciudadanos usuario del servicio aéreo afectados por la huelga, y no se ha tomado en consideración tampoco su real impacto.
I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes y del Tribunal de origen;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
X. Apunte final.
- Número de páginas: 11
Es objeto de estudio la sentencia núm. 2/2022 de 24 de enero del TC, que declara la vulneración del derecho de huelga por haber fijado la Administración unos servicios mínimos desproporcionados y sin aportar una justificación objetiva. El TC concluye que no se ha respetado ni el marco legal ni su jurisprudencia sobre la adecuación de tales servicios mínimos a las circunstancias concretas del conflicto, como por ejemplo su duración y la existencia de medidas sustitutorias que pudieran paliar los perjuicios que pudieran sufrir los ciudadanos usuario del servicio aéreo afectados por la huelga, y no se ha tomado en consideración tampoco su real impacto.
I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes y del Tribunal de origen;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
X. Apunte final.