Diccionario panhispánico del español jurídico

Contrato de apoyo a emprendedores: el empresario puede desistir libremente durante el periodo de prueba, pero debe preavisar con 15 días de antelación. Aplicación y límites del control difuso de convencionalidad

por Nogueira Guastavino, Magdalena

Artículo
ISSN: 2659-787X
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Contrato indefinido de "apoyo a los emprendedores". Desistimiento empresarial a los cuatro meses de su celebración y tres días antes de que la empresa finalizara su actividad. El periodo de prueba anual del contrato de apoyo a emprendedores y el desistimiento empresarial acorde con esa funcionalidad específica poseen una naturaleza especial, siendo inaplicable la construcción común. En consecuencia, el empresario debe observar el plazo de preaviso contemplado en el artículo 53.1.c) ET por la analogía del supuesto con el despido objetivo, por preservar la concordancia con el plazo de preaviso "razonable" contemplado en la Carta Social Europea, así como por la naturaleza por cuenta ajena de la relación y la buena fe recíproca en el cumplimiento de los derechos y obligaciones contractuales legalmente exigido.

Tabla de Contenidos

I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes y del Tribunal de origen;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
X. Apunte final.


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Contrato indefinido de "apoyo a los emprendedores". Desistimiento empresarial a los cuatro meses de su celebración y tres días antes de que la empresa finalizara su actividad. El periodo de prueba anual del contrato de apoyo a emprendedores y el desistimiento empresarial acorde con esa funcionalidad específica poseen una naturaleza especial, siendo inaplicable la construcción común. En consecuencia, el empresario debe observar el plazo de preaviso contemplado en el artículo 53.1.c) ET por la analogía del supuesto con el despido objetivo, por preservar la concordancia con el plazo de preaviso "razonable" contemplado en la Carta Social Europea, así como por la naturaleza por cuenta ajena de la relación y la buena fe recíproca en el cumplimiento de los derechos y obligaciones contractuales legalmente exigido.

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I. Introducción;
II. Identificación de la resolución judicial comentada;
III. Problema suscitado. Hechos y antecedentes;
IV. Posición de las partes y del Tribunal de origen;
V. Normativa aplicable al caso;
VI. Doctrina básica;
VII. Parte dispositiva;
VIII. Pasajes decisivos;
IX. Comentario;
X. Apunte final.


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