Diccionario panhispánico del español jurídico

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La repercusión de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio (de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia), en la protección reforzada de los menores de edad en el código penal

por García Álvarez, Pastora

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2022
Ver otros artículos del mismo número: 37

El 4 de junio de 2021 fue aprobada la Ley Orgánica 8/2021, de “protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia”, en aras de satisfacer la necesidad de introducir en nuestro Ordenamiento jurídico los compromisos internacionales asumidos por España en esta materia. Por ello y con la finalidad de otorgar una protección holística a los menores de edad en atención a su especial vulnerabilidad, en ella, además de establecerse medidas de protección, detección precoz, asistencia, reintegración de derechos vulnerados o recuperación de la víctima, se reforma entre otros cuerpos normativos el Código penal, en el que se incorporan modificaciones “de importante calado”. El objetivo de este trabajo es analizar pormenorizadamente las modificaciones en él introducidas que específicamente contribuyen a esa protección de los menores de edad frente a la violencia, con la intención de comprobar la oportunidad y utilidad de las mismas.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en sede de consecuencias jurídicas;
III. Reformas introducidas por la LO 8/2021 que afectan a las causas de extinción de la responsabilidad penal: el perdón del ofendido y la prescripción del delito.
IV. Reforma introducida por la LO 8/2021 que afecta a la perseguibilidad de los delitos relativos al descubrimiento y la revelación de secretos (artículo 201 Cp).
V. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en los preceptos antidiscriminatorios. La incorporación de la “edad” como factor diferenciador con relevancia penal en el apartado 4º del artículo 22 y en los delitos de los artículos 314, 511, 512 y 515.4º del Código Penal.
VI. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en sede de lesiones.
VII. Reforma introducida por la LO 8/2021 en el delito de trata de seres humanos (artículo 177 bis Cp).
VIII. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en el ámbito de los delitos sexuales.
IX. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en el ámbito de los delitos contra las relaciones familiares: artículos 220.2 y 225 bis Cp.
X. Delitos de nuevo cuño: los artículos 143 bis, 156 ter, 189 bis y 361 bis.
XI. Conclusiones.
XII. Bibliografía.


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El 4 de junio de 2021 fue aprobada la Ley Orgánica 8/2021, de “protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia”, en aras de satisfacer la necesidad de introducir en nuestro Ordenamiento jurídico los compromisos internacionales asumidos por España en esta materia. Por ello y con la finalidad de otorgar una protección holística a los menores de edad en atención a su especial vulnerabilidad, en ella, además de establecerse medidas de protección, detección precoz, asistencia, reintegración de derechos vulnerados o recuperación de la víctima, se reforma entre otros cuerpos normativos el Código penal, en el que se incorporan modificaciones “de importante calado”. El objetivo de este trabajo es analizar pormenorizadamente las modificaciones en él introducidas que específicamente contribuyen a esa protección de los menores de edad frente a la violencia, con la intención de comprobar la oportunidad y utilidad de las mismas.

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I. Introducción.
II. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en sede de consecuencias jurídicas;
III. Reformas introducidas por la LO 8/2021 que afectan a las causas de extinción de la responsabilidad penal: el perdón del ofendido y la prescripción del delito.
IV. Reforma introducida por la LO 8/2021 que afecta a la perseguibilidad de los delitos relativos al descubrimiento y la revelación de secretos (artículo 201 Cp).
V. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en los preceptos antidiscriminatorios. La incorporación de la “edad” como factor diferenciador con relevancia penal en el apartado 4º del artículo 22 y en los delitos de los artículos 314, 511, 512 y 515.4º del Código Penal.
VI. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en sede de lesiones.
VII. Reforma introducida por la LO 8/2021 en el delito de trata de seres humanos (artículo 177 bis Cp).
VIII. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en el ámbito de los delitos sexuales.
IX. Reformas introducidas por la LO 8/2021 en el ámbito de los delitos contra las relaciones familiares: artículos 220.2 y 225 bis Cp.
X. Delitos de nuevo cuño: los artículos 143 bis, 156 ter, 189 bis y 361 bis.
XI. Conclusiones.
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