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El poder de disposición alcanza a la acción de anulación del Laudo. Comentario a la STC 55/2021, de 15 de marzo
Con base en una cláusula arbitral pactada en un contrato, una entidad mercantil española demanda a otra argentina ante un tribunal arbitral radicado en Madrid. En abril de 2018, el árbitro único dictó un laudo en virtud del cual condenaba a la demandada. Esta última, por su parte, interpuso una demanda de anulación del laudo.
Cuando ya se había efectuado el señalamiento para la deliberación y fallo, pero antes de dictarse la sentencia, ambas sociedades presentaron de común acuerdo un escrito: en su virtud, la empresa argentina desistía de la acción de anulación del laudo, a lo que la mercantil española mostraba su conformidad [...]
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Con base en una cláusula arbitral pactada en un contrato, una entidad mercantil española demanda a otra argentina ante un tribunal arbitral radicado en Madrid. En abril de 2018, el árbitro único dictó un laudo en virtud del cual condenaba a la demandada. Esta última, por su parte, interpuso una demanda de anulación del laudo.
Cuando ya se había efectuado el señalamiento para la deliberación y fallo, pero antes de dictarse la sentencia, ambas sociedades presentaron de común acuerdo un escrito: en su virtud, la empresa argentina desistía de la acción de anulación del laudo, a lo que la mercantil española mostraba su conformidad [...]