Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

El juez del concurso como juez laboral en el Auto del Tribunal Supremo (sala 42 LOPJ) 32/2001 de 18 de octubre y Auto del Tribunal Supremo (sala 4ª ) 20 diciembre de 2021

por Rodríguez Achútegui, Edmundo

Artículo
ISSN: 2697-0694
Madrid Iustel 2022
Ver otros artículos del mismo número: 5

Dos salas del Tribunal Supremo acaban de resolver sobre la competencia laboral que tiene atribuida el juez mercantil, durante el procedimiento concursal. Ambos tribunales analizan la legislación aplicable y los precedentes, y concluyen que el juez del concurso forma parte de la jurisdicción laboral, cuando resuelve reclamaciones de trabajadores frente a un auto de extinción colectiva de las relaciones laboral. Estas decisiones reafirman la posibilidad de que el Juez del concurso pueda declarar grupo de empresa en un expediente colectivo, y abre una vía para resolver las denuncia de que el Texto Refundido de la Ley Concursal incurre en ultra vires, en materia de sucesión de empresa.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. SUPUESTO DE HECHO Y CONFLICTO NEGATIVO
III. ¿CONFLICTO O CUESTIÓN DE COMPETENCIA
IV. LA CONSIDERACIÓN LABORAL DEL JUEZ DEL CONCURSO
V. LA SALA DE LO SOCIAL Y LA COMPETENCIA LABORAL DEL JUEZ MERCANTIL
VI. ALGUNA REFLEXIÓN QUE INTERCALAR: LA COMPETENCIA DEL JUEZ DEL CONCURSO ALCANZA A LA DECLARACIÓN DE GRUPO DE EMPRESAS A TRAVÉS DEL ERE CONCURSAL
VII. LA SOLUCIÓN DE LA CUESTIÓN DE COMPETENCIA POR LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO
VIII. ¿SUCEDERÁ OTRO TANTO EN MATERIA DE SUCESIÓN DE EMPRESA?.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 288 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Dos salas del Tribunal Supremo acaban de resolver sobre la competencia laboral que tiene atribuida el juez mercantil, durante el procedimiento concursal. Ambos tribunales analizan la legislación aplicable y los precedentes, y concluyen que el juez del concurso forma parte de la jurisdicción laboral, cuando resuelve reclamaciones de trabajadores frente a un auto de extinción colectiva de las relaciones laboral. Estas decisiones reafirman la posibilidad de que el Juez del concurso pueda declarar grupo de empresa en un expediente colectivo, y abre una vía para resolver las denuncia de que el Texto Refundido de la Ley Concursal incurre en ultra vires, en materia de sucesión de empresa.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. SUPUESTO DE HECHO Y CONFLICTO NEGATIVO
III. ¿CONFLICTO O CUESTIÓN DE COMPETENCIA
IV. LA CONSIDERACIÓN LABORAL DEL JUEZ DEL CONCURSO
V. LA SALA DE LO SOCIAL Y LA COMPETENCIA LABORAL DEL JUEZ MERCANTIL
VI. ALGUNA REFLEXIÓN QUE INTERCALAR: LA COMPETENCIA DEL JUEZ DEL CONCURSO ALCANZA A LA DECLARACIÓN DE GRUPO DE EMPRESAS A TRAVÉS DEL ERE CONCURSAL
VII. LA SOLUCIÓN DE LA CUESTIÓN DE COMPETENCIA POR LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO
VIII. ¿SUCEDERÁ OTRO TANTO EN MATERIA DE SUCESIÓN DE EMPRESA?.


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 288 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior