Diccionario panhispánico del español jurídico

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Financiaciones ICO: limitaciones en el entorno recuperatorio

por Farres Juste, Lluis

Artículo
ISSN: 2697-0694
Madrid Iustel 2022
Ver otros artículos del mismo número: 6

La pandemia del COVID 19, en el año 2020, obligó a los Gobiernos de todo el mundo a tomar medidas excepcionales para afrontar la situación de crisis profunda sanitaria y económica. La Comisión Europea adoptó un Marco Temporal de medidas de ayuda que, junto con las ayudas reguladas por el Reglamento de Minimis, disponen el marco regulatorio europeo. El Gobierno de España aprueba unas líneas de avales, las Líneas ICO COVID, gestionadas por Instituto de Crédito Oficial, a las que pueden adherirse las entidades de crédito del país a través de la firma de los Convenios ICO COVID 19. La inmediatez y urgencia de las medidas para dotar de liquidez al tejido empresarial y con ello vencer la crisis del COVID 19 hace que, superada la fase de mayor impacto, en el actual contexto económico, se haga necesaria una reflexión sobre el estado de las empresas, los diferentes escenarios recuperatorios y concursales

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
1. Contexto de las financiaciones ICO en la crisis del Covid 19.
II. MEDIDAS PALIATIVAS EN RELACION CON LAS FINANCIACIONES ICO COVID.
1. Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.
2. Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
2.1. Breve referencia a las Ayudas directas del Título I.
2.2 El Código de Buenas Prácticas de las financiaciones ICO.
III. ACUERDOS DE REESTRUCTURACIÓN DE EMPRESAS: CONVIVENCIA DE FINANCIONES ICO Y NO ICO.
1. Nota del 23 de diciembre de 2020. Reflexiones.
2. Pactos de no agresión (Standstills).
3. Privilegio de la financiación ICO (seniority). Supuestos de subordinación y/o amortización preferente de la deuda NO ICO.
4. Nota del 23 de febrero de 2022. Obligación de compartir garantías.
5. Otras posibilidades: carencia y sistema de amortización.
IV. EL TRATAMIENTO DE LA FINANCIACIÓN ICO-COVID EN EL CONCURSO DE ACREEDORES.


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La pandemia del COVID 19, en el año 2020, obligó a los Gobiernos de todo el mundo a tomar medidas excepcionales para afrontar la situación de crisis profunda sanitaria y económica. La Comisión Europea adoptó un Marco Temporal de medidas de ayuda que, junto con las ayudas reguladas por el Reglamento de Minimis, disponen el marco regulatorio europeo. El Gobierno de España aprueba unas líneas de avales, las Líneas ICO COVID, gestionadas por Instituto de Crédito Oficial, a las que pueden adherirse las entidades de crédito del país a través de la firma de los Convenios ICO COVID 19. La inmediatez y urgencia de las medidas para dotar de liquidez al tejido empresarial y con ello vencer la crisis del COVID 19 hace que, superada la fase de mayor impacto, en el actual contexto económico, se haga necesaria una reflexión sobre el estado de las empresas, los diferentes escenarios recuperatorios y concursales

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
1. Contexto de las financiaciones ICO en la crisis del Covid 19.
II. MEDIDAS PALIATIVAS EN RELACION CON LAS FINANCIACIONES ICO COVID.
1. Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.
2. Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.
2.1. Breve referencia a las Ayudas directas del Título I.
2.2 El Código de Buenas Prácticas de las financiaciones ICO.
III. ACUERDOS DE REESTRUCTURACIÓN DE EMPRESAS: CONVIVENCIA DE FINANCIONES ICO Y NO ICO.
1. Nota del 23 de diciembre de 2020. Reflexiones.
2. Pactos de no agresión (Standstills).
3. Privilegio de la financiación ICO (seniority). Supuestos de subordinación y/o amortización preferente de la deuda NO ICO.
4. Nota del 23 de febrero de 2022. Obligación de compartir garantías.
5. Otras posibilidades: carencia y sistema de amortización.
IV. EL TRATAMIENTO DE LA FINANCIACIÓN ICO-COVID EN EL CONCURSO DE ACREEDORES.


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