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Comentario a los criterios interpretativos acordados por la Junta de Jueces mercantiles de Barcelona a las disposiones transitorias de la Ley 16/2022
La entrada en vigor de la Ley 16/2022 ha planteado algunos problemas interpretativos en su régimen transitorio ya que aspectos fundamentales de la norma son de aplicación inmediata, incluso para procedimientos iniciados con el anterior régimen legal. En algunos partidos judiciales se han elaborado criterios interpretativos de este régimen transitorio. En este comentario se hace referencia al acuerdo de la junta de jueces mercantiles de Barcelona en el que se fijan los primeros criterios interpretativos de la Disposición Transitoria 1 de la nueva Ley.
- Formato: PDF
- Número de páginas: 8
- Tamaño: 247 Kb.
La entrada en vigor de la Ley 16/2022 ha planteado algunos problemas interpretativos en su régimen transitorio ya que aspectos fundamentales de la norma son de aplicación inmediata, incluso para procedimientos iniciados con el anterior régimen legal. En algunos partidos judiciales se han elaborado criterios interpretativos de este régimen transitorio. En este comentario se hace referencia al acuerdo de la junta de jueces mercantiles de Barcelona en el que se fijan los primeros criterios interpretativos de la Disposición Transitoria 1 de la nueva Ley.
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