Diccionario panhispánico del español jurídico

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La protección de la salud pública en contextos de excepción

por Cierco Seira, César

Artículo
ISSN: 1696-9650
Otros Autores: Salamero Teixidó, Laura
Madrid Iustel 2022
Ver otros artículos del mismo número: 61

Hace falta superar la rigidez de los términos con que suele plantearse el debate acerca de la necesidad de una ley de pandemias para asumir la conveniencia de densificar el tejido normativo pandémico a fin de crear un marco que brinde las mejores condiciones en la toma de decisiones sobre la gestión de una crisis de salud pública. Esa densificación ya se está produciendo, así sea de una manera deslavazada, de la mano, principalmente, de las CCAA, dando forma a una legislación autonómica de pandemias con elementos de gran interés de cara a una remodelación básica de este sector que debería, a la luz de las enseñanzas del coronavirus, figurar como prioridad del legislador estatal. No es fácil dar con el hueco que debiera ocupar esa ley de pandemias pues los márgenes son vacilantes: cuesta desentrañar el alcance de la reserva de ley orgánica, como demuestra el periplo de la vacunación, y, por supuesto, cuesta dibujar la línea que separa al derecho ordinario del derecho de excepción. Con todo, la empresa es relevante y de ahí nace el principal empeño de este trabajo: ofrecer orientaciones para acometerla, poniendo de manifiesto que no hay que empezar de cero puesto que algunas claves figuran ya en nuestras fuentes.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN: ¿ES NECESARIA UNA REFORMA QUE AMPLÍE LA LEGISLACIÓN DE SALUD PÚBLICA EN MATERIA DE CRISIS SANITARIAS?
II. LA REFORMA EN CURSO: EL PASO ADELANTE DADO POR EL LEGISLADOR AUTONÓMICO
III. LA VACUNACIÓN OBLIGATORIA COMO BOTÓN DE MUESTRA DE LA FALTA DE CONSENSO EN ESTA LABOR
IV. EL ENCAJE DE ESTA REFORMA CON EL DERECHO EXTRAORDINARIO Y ORDINARIO TOCANTE A LAS CRISIS SANITARIAS
V. FINAL


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Hace falta superar la rigidez de los términos con que suele plantearse el debate acerca de la necesidad de una ley de pandemias para asumir la conveniencia de densificar el tejido normativo pandémico a fin de crear un marco que brinde las mejores condiciones en la toma de decisiones sobre la gestión de una crisis de salud pública. Esa densificación ya se está produciendo, así sea de una manera deslavazada, de la mano, principalmente, de las CCAA, dando forma a una legislación autonómica de pandemias con elementos de gran interés de cara a una remodelación básica de este sector que debería, a la luz de las enseñanzas del coronavirus, figurar como prioridad del legislador estatal. No es fácil dar con el hueco que debiera ocupar esa ley de pandemias pues los márgenes son vacilantes: cuesta desentrañar el alcance de la reserva de ley orgánica, como demuestra el periplo de la vacunación, y, por supuesto, cuesta dibujar la línea que separa al derecho ordinario del derecho de excepción. Con todo, la empresa es relevante y de ahí nace el principal empeño de este trabajo: ofrecer orientaciones para acometerla, poniendo de manifiesto que no hay que empezar de cero puesto que algunas claves figuran ya en nuestras fuentes.

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I. INTRODUCCIÓN: ¿ES NECESARIA UNA REFORMA QUE AMPLÍE LA LEGISLACIÓN DE SALUD PÚBLICA EN MATERIA DE CRISIS SANITARIAS?
II. LA REFORMA EN CURSO: EL PASO ADELANTE DADO POR EL LEGISLADOR AUTONÓMICO
III. LA VACUNACIÓN OBLIGATORIA COMO BOTÓN DE MUESTRA DE LA FALTA DE CONSENSO EN ESTA LABOR
IV. EL ENCAJE DE ESTA REFORMA CON EL DERECHO EXTRAORDINARIO Y ORDINARIO TOCANTE A LAS CRISIS SANITARIAS
V. FINAL


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