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Las otras discriminaciones: apariencia, edad y peso
La igualdad entre las personas es un derecho constitucional de primer orden. Junto con las más conocidas discriminaciones por razón de sexo, raza o religión, el trabajo trata otras discriminaciones menos evidentes: el aspecto físico, la edad y la obesidad. Para ello se analiza la doctrina jurisprudencial tanto europea como española sobre la igualdad. En general, puede decirse que prohíbe cualquier discriminación que no tenga una razón objetiva. Desde el punto de vista de las políticas públicas, el gran reto reside en la eficacia de la protección contra la discriminación. Se valoran algunos de los avances que la Ley de igualdad y no discriminación aporta: la inversión de la carga de la prueba en ciertos casos, las acciones positivas o la legitimación para recurrir, así como el papel de un nuevo órgano administrativo: la Autoridad Independiente para la igualdad.
I. PLANTEAMIENTO
II. EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA IGUALDAD
III. EJEMPLOS PRÁCTICOS
III.1.- La forma de vestirse
III.2.- El propio cuerpo y los tatuajes y perforaciones
III.3. La exigencia general de buena apariencia física
III.4. Los requisitos de edad
III.5. La obesidad
IV. ALGUNAS CUESTIONES PROCESALES Y DE POLÍTICA PÚBLICA
V. CONCLUSIONES
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La igualdad entre las personas es un derecho constitucional de primer orden. Junto con las más conocidas discriminaciones por razón de sexo, raza o religión, el trabajo trata otras discriminaciones menos evidentes: el aspecto físico, la edad y la obesidad. Para ello se analiza la doctrina jurisprudencial tanto europea como española sobre la igualdad. En general, puede decirse que prohíbe cualquier discriminación que no tenga una razón objetiva. Desde el punto de vista de las políticas públicas, el gran reto reside en la eficacia de la protección contra la discriminación. Se valoran algunos de los avances que la Ley de igualdad y no discriminación aporta: la inversión de la carga de la prueba en ciertos casos, las acciones positivas o la legitimación para recurrir, así como el papel de un nuevo órgano administrativo: la Autoridad Independiente para la igualdad.
I. PLANTEAMIENTO
II. EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA IGUALDAD
III. EJEMPLOS PRÁCTICOS
III.1.- La forma de vestirse
III.2.- El propio cuerpo y los tatuajes y perforaciones
III.3. La exigencia general de buena apariencia física
III.4. Los requisitos de edad
III.5. La obesidad
IV. ALGUNAS CUESTIONES PROCESALES Y DE POLÍTICA PÚBLICA
V. CONCLUSIONES