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El Tribunal Constitucional y el TSJ de Madrid, de nuevo a vueltas con la noción de orden público. Comentario a la STC 79/2022, de 27 de junio
En el año 2008, las entidades UTE Ebre-Flix y Acuamed suscribieron un contrato de obra en una de cuyas cláusulas se establecía una sumisión al arbitraje. Transcurridos ocho años desde su firma, en diciembre de 2016 UTE Ebre-Flix instó un arbitraje, a lo que Acuamed se opuso alegando la eventual existencia de una prejudicialidad penal suspensiva.
Por su parte, en marzo de 2017, el Juzgado Central de Instrucción número 6 de Madrid dirigió oficio al tribunal arbitral a fin de que informara si había procedido a suspender el procedimiento arbitral, toda vez que se habían iniciado diligencias previas sobre una cuestión que podría llegar a incidir en la materia objeto del arbitraje […]
1. ITER DEL CASO
2. COMENTARIO
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En el año 2008, las entidades UTE Ebre-Flix y Acuamed suscribieron un contrato de obra en una de cuyas cláusulas se establecía una sumisión al arbitraje. Transcurridos ocho años desde su firma, en diciembre de 2016 UTE Ebre-Flix instó un arbitraje, a lo que Acuamed se opuso alegando la eventual existencia de una prejudicialidad penal suspensiva.
Por su parte, en marzo de 2017, el Juzgado Central de Instrucción número 6 de Madrid dirigió oficio al tribunal arbitral a fin de que informara si había procedido a suspender el procedimiento arbitral, toda vez que se habían iniciado diligencias previas sobre una cuestión que podría llegar a incidir en la materia objeto del arbitraje […]
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