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La cobertura legal a un procedimiento en el marco del Derecho Penal Internacional: la «entrega vigilada»
El objetivo del presente artículo pone de relieve el marco jurídico, un aspecto apenas tenido en cuenta por la doctrina, del procedimiento de las entregas vigiladas, como tal, y su incardinación en el ordenamiento y jurisprudencia españoles. De un lado, hace referencia a la aplicación de los convenios internacionales que se han ido creando ante la necesidad de resolver los problemas que se plantean en este ámbito, y que tienen difícil encaje en las legislaciones internas de los estados cuando tienen que interactuar con las normas de otros países; de otro, el intento de unificar criterios y aunar esfuerzos en la lucha contra las distintas organizaciones criminales, así como llevar a cabo un procedimiento de actuación, lo más coherente posible, a la vez que documentado, fundamentalmente para favorecer el trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de los diferentes países. Aspectos a los que responde el título del presente trabajo cuyo objeto no ha sido tratado hasta ahora como un aspecto autónomo del Derecho procesal penal interno e internacional. A lo largo del mismo se intenta presentar las partes más significativas de las entregas vigiladas en España, con referencia a las normas internacionales que vinculan a nuestro país, las normas internas y la posición del Tribunal Supremo.
1. INTRODUCCIÓN
2. DELIMITACIÓN DE LA EXPRESIÓN «ENTREGAS VIGILADAS»: HACIA UNA CONFIGURACIÓN CONCEPTUAL
3. BASES NORMATIVAS: DERECHO INTERNACIONAL Y DERECHO INTERNO
4. LA PRUEBA OBTENIDA EN EL EXTRANJERO
5. APUNTES SOBRE ALGUNOS PROBLEMAS QUE PLANTEA LA TÉCNICA DE LA «ENTREGA VIGILADA»
6. ACTIVIDAD DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO
7. A MODO DE CONCLUSIÓN
- Formato: PDF
- Número de páginas: 57
El objetivo del presente artículo pone de relieve el marco jurídico, un aspecto apenas tenido en cuenta por la doctrina, del procedimiento de las entregas vigiladas, como tal, y su incardinación en el ordenamiento y jurisprudencia españoles. De un lado, hace referencia a la aplicación de los convenios internacionales que se han ido creando ante la necesidad de resolver los problemas que se plantean en este ámbito, y que tienen difícil encaje en las legislaciones internas de los estados cuando tienen que interactuar con las normas de otros países; de otro, el intento de unificar criterios y aunar esfuerzos en la lucha contra las distintas organizaciones criminales, así como llevar a cabo un procedimiento de actuación, lo más coherente posible, a la vez que documentado, fundamentalmente para favorecer el trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de los diferentes países. Aspectos a los que responde el título del presente trabajo cuyo objeto no ha sido tratado hasta ahora como un aspecto autónomo del Derecho procesal penal interno e internacional. A lo largo del mismo se intenta presentar las partes más significativas de las entregas vigiladas en España, con referencia a las normas internacionales que vinculan a nuestro país, las normas internas y la posición del Tribunal Supremo.
1. INTRODUCCIÓN
2. DELIMITACIÓN DE LA EXPRESIÓN «ENTREGAS VIGILADAS»: HACIA UNA CONFIGURACIÓN CONCEPTUAL
3. BASES NORMATIVAS: DERECHO INTERNACIONAL Y DERECHO INTERNO
4. LA PRUEBA OBTENIDA EN EL EXTRANJERO
5. APUNTES SOBRE ALGUNOS PROBLEMAS QUE PLANTEA LA TÉCNICA DE LA «ENTREGA VIGILADA»
6. ACTIVIDAD DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO
7. A MODO DE CONCLUSIÓN
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