Diccionario panhispánico del español jurídico

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Sucesión de contratas y sucesión de empresa

por Sánchez-Urán Azaña, Yolanda

Artículo
ISSN: 2952-1351
Madrid Tirant lo Blanch 2022
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El estudio presenta una valoración crítica de la asimilación a veces forzada de la sucesión de contratistas en una prestación de servicios a supuesto de transmisión legal de empresa. Se aboga por una interpretación restrictiva de la que debe configurarse como regla condicionada y excepcional. Solo aplicable cuando quede acreditado que se ha transmitido una unidad productiva autónoma o una entidad económica que mantiene su identidad sin apreciaciones apriorísticas de lo que deba entenderse como sector intensivo en mano de obra y asunción de plantilla como causa de la transmisión.

Tabla de Contenidos

1. INTRODUCCIÓN.
2. ENTIDAD ECONÓMICA Y CONTRATA: ¿SE PUEDE IDENTIFICAR ÉSTA CON UNA UNIDAD PRODUCTIVA AUTÓNOMA?
2.1 La regla general.
2.2. La regla excepcional.
3. LA APLICACIÓN DE LA REGLA EXCEPCIONAL Y SUS LÍMITES.
3.1. La artificiosidad de la diferencia entre sectores de la actividad en sucesiones de actividad.
4. LA ESENCIALIDAD DE LA MANO DE OBRA EN LA ACTIVIDAD EXTERNALIZADA.
5. “PARTE ESENCIAL DE LA PLANTILLA”. CONCEPTO JURÍDICO INDETERMINADO DE DIFÍCIL APREHENSIÓN.
6. ASUNCIÓN “CONVENCIONAL” DE PLANTILLA.
7. CONCLUSIONES


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El estudio presenta una valoración crítica de la asimilación a veces forzada de la sucesión de contratistas en una prestación de servicios a supuesto de transmisión legal de empresa. Se aboga por una interpretación restrictiva de la que debe configurarse como regla condicionada y excepcional. Solo aplicable cuando quede acreditado que se ha transmitido una unidad productiva autónoma o una entidad económica que mantiene su identidad sin apreciaciones apriorísticas de lo que deba entenderse como sector intensivo en mano de obra y asunción de plantilla como causa de la transmisión.

Tabla de Contenidos

1. INTRODUCCIÓN.
2. ENTIDAD ECONÓMICA Y CONTRATA: ¿SE PUEDE IDENTIFICAR ÉSTA CON UNA UNIDAD PRODUCTIVA AUTÓNOMA?
2.1 La regla general.
2.2. La regla excepcional.
3. LA APLICACIÓN DE LA REGLA EXCEPCIONAL Y SUS LÍMITES.
3.1. La artificiosidad de la diferencia entre sectores de la actividad en sucesiones de actividad.
4. LA ESENCIALIDAD DE LA MANO DE OBRA EN LA ACTIVIDAD EXTERNALIZADA.
5. “PARTE ESENCIAL DE LA PLANTILLA”. CONCEPTO JURÍDICO INDETERMINADO DE DIFÍCIL APREHENSIÓN.
6. ASUNCIÓN “CONVENCIONAL” DE PLANTILLA.
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