Diccionario panhispánico del español jurídico

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Novedades en la regulación de la administración concursal tras las modificaciones introducidas en el TRLC por la L. 16/2022, de 5 de setiembre

por Pérez-Cruz Martín, Agustín Jesús

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2023
Ver otros artículos del mismo número: 59

La enésima reforma, llevada a cabo, por L. 16/2022, de 5 de septiembre en la regulación de la administración concursal, si bien ha supuesto alguna puntual mejora en su régimen jurídico, no puede desconocerse que sigue incurriendo en la desregulación legal de la administración concursal, remitiéndose a un Reglamento de la Administración concursal que, desde el año 2014 (más especialmente desde la aprobación de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial), está pendiente de aprobación; dicha demora debe ser, nuevamente, objeto de crítica, pues afecta a una pieza clave en el proceso concursal y, en definitiva, incide negativamente en la obtención de la tutela judicial efectiva.

The umpteenth reform, carried out, by L. 16/2022, of September 5 in the regulation of bankruptcy administration, although it has led to some specific improvement in its legal regime, it cannot be ignored that it continues to incur in the legal deregulation of the bankruptcy administration, referring to a Regulation of the Bankruptcy Administration that, since 2014 (more especially since the approval of Law 17/2014, of September 30, by which urgent measures are adopted in terms of refinancing and restructuring of corporate debt), is pending approval; Said delay should, once again, be criticized, since it affects a key player in the bankruptcy process and, ultimately, has a negative impact on obtaining effective judicial protection.

Tabla de Contenidos

I. La última (por el momento) reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.
II. La Administración concursal:
1. Configuración legal de la administración concursal
2. La profesionalización de la administración concursal.
III. Administración concursal única:
1. Régimen contemplado en el TRLC
2. Regulación prevista en el artículo 27 LC (Reformado por Ley 38/2011
de 10 de octubre)
3. La reforma del artículo 27 LC por Ley 17/2014, de 30 de setiembre.
IV. Administración concursal dual.
V. Administración concursal en los concursos conexos y acumulados.
VI. Inscripción del nombramiento administrador concursal en el Registro público concursal
1. Carácter obligatorio de la inscripción
2. Requisitos para la inscripción.
VII. Nombramiento de la administración concursal:
1. Nombramiento
2. Representación de la persona jurídica administradora concursal
3. Incompatibilidades
4. Prohibiciones
5. Deber de aceptación
6. Régimen de la aceptación
7. Credencial del administrador concursal
8. Nuevo nombramiento
9. Inhabilitación por falta de comparecencia, por falta de cobertura o por falta de aceptación
10. Renuncia
11. Deberes.
VIII. La recusación de la administración concursal:
1. Legitimación para recusar
2. Objeto del incidente
3. Causas de recusación
4. Régimen de la recusación:
4.1. Momento
4.2. Substanciación
4.3. Efectos.
IX. Conclusiones.


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La enésima reforma, llevada a cabo, por L. 16/2022, de 5 de septiembre en la regulación de la administración concursal, si bien ha supuesto alguna puntual mejora en su régimen jurídico, no puede desconocerse que sigue incurriendo en la desregulación legal de la administración concursal, remitiéndose a un Reglamento de la Administración concursal que, desde el año 2014 (más especialmente desde la aprobación de la Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial), está pendiente de aprobación; dicha demora debe ser, nuevamente, objeto de crítica, pues afecta a una pieza clave en el proceso concursal y, en definitiva, incide negativamente en la obtención de la tutela judicial efectiva.

The umpteenth reform, carried out, by L. 16/2022, of September 5 in the regulation of bankruptcy administration, although it has led to some specific improvement in its legal regime, it cannot be ignored that it continues to incur in the legal deregulation of the bankruptcy administration, referring to a Regulation of the Bankruptcy Administration that, since 2014 (more especially since the approval of Law 17/2014, of September 30, by which urgent measures are adopted in terms of refinancing and restructuring of corporate debt), is pending approval; Said delay should, once again, be criticized, since it affects a key player in the bankruptcy process and, ultimately, has a negative impact on obtaining effective judicial protection.

Tabla de Contenidos

I. La última (por el momento) reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal.
II. La Administración concursal:
1. Configuración legal de la administración concursal
2. La profesionalización de la administración concursal.
III. Administración concursal única:
1. Régimen contemplado en el TRLC
2. Regulación prevista en el artículo 27 LC (Reformado por Ley 38/2011
de 10 de octubre)
3. La reforma del artículo 27 LC por Ley 17/2014, de 30 de setiembre.
IV. Administración concursal dual.
V. Administración concursal en los concursos conexos y acumulados.
VI. Inscripción del nombramiento administrador concursal en el Registro público concursal
1. Carácter obligatorio de la inscripción
2. Requisitos para la inscripción.
VII. Nombramiento de la administración concursal:
1. Nombramiento
2. Representación de la persona jurídica administradora concursal
3. Incompatibilidades
4. Prohibiciones
5. Deber de aceptación
6. Régimen de la aceptación
7. Credencial del administrador concursal
8. Nuevo nombramiento
9. Inhabilitación por falta de comparecencia, por falta de cobertura o por falta de aceptación
10. Renuncia
11. Deberes.
VIII. La recusación de la administración concursal:
1. Legitimación para recusar
2. Objeto del incidente
3. Causas de recusación
4. Régimen de la recusación:
4.1. Momento
4.2. Substanciación
4.3. Efectos.
IX. Conclusiones.


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