Diccionario panhispánico del español jurídico

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La cultura del procedimiento administrativo: orígenes y razones de fondo

por Medina Alcoz, Luis

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2023
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En la Europa del siglo XIX, el proyecto de liquidación de la vieja sociedad corporativa en beneficio de la naciente Administración exigía conservar y desarrollar la caracterización multisecular de lo gubernativo como vía expeditiva de toma de decisiones, como autoridad interior sustraída a las lógicas procesales y a las exigencias formales del juicio contradictorio. No había espacio para un verdadero “procedimiento administrativo”, pues el objetivo era levantar una Administración ágil que pudiese decidir espontáneamente lo que conviene al interés general sin sujeción a la vieja matriz jurisdiccional. Sin embargo, hubo en España un gradual desarrollo jurisprudencial, académico y normativo del procedimiento administrativo, sin igual en Europa: doctrina contencioso-administrativa sobre el derecho al trámite y el vicio formal de orden público, movimiento favorable a la codificación, proposiciones de ley reguladora del procedimiento administrativo, teoría del procedimiento administrativo de Santamaría de Paredes... Frente a aquella concepción general, matizando o desmintiendo la identificación de lo gubernativo con una acción expeditiva exenta de las trabas propias del juicio, despegó una tendencia formalizadora que culminará con la Ley Azcárate de 19 de octubre de 1889 de bases del procedimiento administrativo (con sus reglamentos de desarrollo). El objetivo del presente estudio es, justamente, ilustrar este fenómeno, en buena medida desconocido, así como esbozar una aproximación general a las razones de que tal cultura germinara precisamente en España a lo largo del siglo XIX.

Tabla de Contenidos

1. Planteamiento y objeto del estudio
1.1. Inexistencia de una cultura europea de “procedimiento administrativo” hasta principios del siglo XX
1.2. La anomalía española: la Ley Azcárate de 1889 y la existencia de una cultura de procedimiento administrativo anterior a ella
2. Orígenes de la cultura del procedimiento administrativo
2.1. Procedimientos administrativos en clave especial o sectorial
2.2. Procedimiento administrativo en clave general:
2.2.1. Derecho subjetivo al trámite
2.2.2. Primeras propuestas doctrinales favorables a la codificación
2.2.3. Una teoría del procedimiento administrativo: Santamaría de Paredes
2.2.4. Proposiciones de ley de Durán y Bas
2.2.5. Decreto orgánico de 1888 para la reforma del procedimiento administrativo
3. Razones de fondo
3.1. El procedimiento administrativo como trasunto del “estrépito de juicio” y tradicionalismo
3.2. Procedimiento administrativo como instrumento del poder y liberalismo conservador
3.3. Procedimiento administrativo como garantía del ciudadano y liberalismo armónico
4. Conclusiones
5. Bibliografía
6. Anexo: Real Decreto orgánico de 23 de septiembre de 1888 para la reforma del procedimiento administrativo


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En la Europa del siglo XIX, el proyecto de liquidación de la vieja sociedad corporativa en beneficio de la naciente Administración exigía conservar y desarrollar la caracterización multisecular de lo gubernativo como vía expeditiva de toma de decisiones, como autoridad interior sustraída a las lógicas procesales y a las exigencias formales del juicio contradictorio. No había espacio para un verdadero “procedimiento administrativo”, pues el objetivo era levantar una Administración ágil que pudiese decidir espontáneamente lo que conviene al interés general sin sujeción a la vieja matriz jurisdiccional. Sin embargo, hubo en España un gradual desarrollo jurisprudencial, académico y normativo del procedimiento administrativo, sin igual en Europa: doctrina contencioso-administrativa sobre el derecho al trámite y el vicio formal de orden público, movimiento favorable a la codificación, proposiciones de ley reguladora del procedimiento administrativo, teoría del procedimiento administrativo de Santamaría de Paredes... Frente a aquella concepción general, matizando o desmintiendo la identificación de lo gubernativo con una acción expeditiva exenta de las trabas propias del juicio, despegó una tendencia formalizadora que culminará con la Ley Azcárate de 19 de octubre de 1889 de bases del procedimiento administrativo (con sus reglamentos de desarrollo). El objetivo del presente estudio es, justamente, ilustrar este fenómeno, en buena medida desconocido, así como esbozar una aproximación general a las razones de que tal cultura germinara precisamente en España a lo largo del siglo XIX.

Tabla de Contenidos

1. Planteamiento y objeto del estudio
1.1. Inexistencia de una cultura europea de “procedimiento administrativo” hasta principios del siglo XX
1.2. La anomalía española: la Ley Azcárate de 1889 y la existencia de una cultura de procedimiento administrativo anterior a ella
2. Orígenes de la cultura del procedimiento administrativo
2.1. Procedimientos administrativos en clave especial o sectorial
2.2. Procedimiento administrativo en clave general:
2.2.1. Derecho subjetivo al trámite
2.2.2. Primeras propuestas doctrinales favorables a la codificación
2.2.3. Una teoría del procedimiento administrativo: Santamaría de Paredes
2.2.4. Proposiciones de ley de Durán y Bas
2.2.5. Decreto orgánico de 1888 para la reforma del procedimiento administrativo
3. Razones de fondo
3.1. El procedimiento administrativo como trasunto del “estrépito de juicio” y tradicionalismo
3.2. Procedimiento administrativo como instrumento del poder y liberalismo conservador
3.3. Procedimiento administrativo como garantía del ciudadano y liberalismo armónico
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