Diccionario panhispánico del español jurídico

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El uso de la cámara oculta en el periodismo de investigación: una certeza y una incógnita

por Magdaleno Alegría, Antonio

Artículo
ISSN: 21745625
Madrid UNED 2019
Ver otros artículos del mismo número: 104

La posición del Tribunal Constitucional sobre la utilización de la cámara oculta como método de investigación periodístico es clara y taxativa, se trata de una práctica constitucionalmente prohibida. Sin embargo, su posición es polémica. Así, un nutrido grupo de profesionales de la información considera que su prohibición hace imposible el periodismo de investigación y, por tanto, resulta nociva para el funcionamiento del sistema democrático en tanto que se impide que la opinión pública tenga conocimiento de hechos de indudable transcendencia pública como, por ejemplo, supuestos de corrupción política o casos de abuso de poder. La discusión se ha reabierto como consecuencia de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido la utilización de la cámara oculta. En concreto, el citado tribunal permite su uso con determinadas condiciones como, por ejemplo, evitar la identificación de los sujetos grabados. Sin embargo, se suscita la crucial cuestión de si existe algún caso donde resulte admisible la identificación de los sujetos grabados mediante cámara oculta.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN.
I. LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN COMO FACULTAD PROTEGIDA POR LA LIBERTAD DE INFORMACIÓN.
II. LOS DERECHOS A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN.
II.1. Delimitación del derecho a la intimidad personal y familiar.
II.2. Delimitación del derecho a la propia imagen.
III. LA PONDERACIÓN COMO MÉTODO CONSTITUCIONALMENTE ADECUADO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.
IV. LA INCOHERENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, LA RECTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Y LOS SUPUESTOS QUE QUEDAN POR DILUCIDAR.
IV.1. La incoherencia del Tribunal Constitucional.
IV.2. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos admite la utilización de la cámara oculta.
IV.3. ¿Cabe la posibilidad de difundir las imágenes obtenidas mediante cámara oculta sin la necesidad de pixelarlas?


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La posición del Tribunal Constitucional sobre la utilización de la cámara oculta como método de investigación periodístico es clara y taxativa, se trata de una práctica constitucionalmente prohibida. Sin embargo, su posición es polémica. Así, un nutrido grupo de profesionales de la información considera que su prohibición hace imposible el periodismo de investigación y, por tanto, resulta nociva para el funcionamiento del sistema democrático en tanto que se impide que la opinión pública tenga conocimiento de hechos de indudable transcendencia pública como, por ejemplo, supuestos de corrupción política o casos de abuso de poder. La discusión se ha reabierto como consecuencia de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha admitido la utilización de la cámara oculta. En concreto, el citado tribunal permite su uso con determinadas condiciones como, por ejemplo, evitar la identificación de los sujetos grabados. Sin embargo, se suscita la crucial cuestión de si existe algún caso donde resulte admisible la identificación de los sujetos grabados mediante cámara oculta.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN.
I. LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN COMO FACULTAD PROTEGIDA POR LA LIBERTAD DE INFORMACIÓN.
II. LOS DERECHOS A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN.
II.1. Delimitación del derecho a la intimidad personal y familiar.
II.2. Delimitación del derecho a la propia imagen.
III. LA PONDERACIÓN COMO MÉTODO CONSTITUCIONALMENTE ADECUADO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.
IV. LA INCOHERENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, LA RECTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS Y LOS SUPUESTOS QUE QUEDAN POR DILUCIDAR.
IV.1. La incoherencia del Tribunal Constitucional.
IV.2. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos admite la utilización de la cámara oculta.
IV.3. ¿Cabe la posibilidad de difundir las imágenes obtenidas mediante cámara oculta sin la necesidad de pixelarlas?


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