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El lenguaje jurídico con perspectiva de género. Algunas reflexiones para la reforma constitucional
El lenguaje evidencia la cultura y describe la realidad, pero además el lenguaje sirve para conservar los valores existentes, para preservar, mantener y perpetuar los valores masculinos, los que imperan en la sociedad, que son patriarcales porque la sociedad lo es. Así el lenguaje ha servido para coadyuvar a la construcción de esa cultura patriarcal. Si el lenguaje tiene poder para crear, tiene poder para transformar, por tanto el lenguaje puede servir para construir otro tipo de relaciones y de cultura basadas en la igualdad y por tanto otra sociedad más justa. La construcción de una sociedad más justa depende en parte de la utilización de otro tipo de lenguaje, el lenguaje con perspectiva de género y la superación del lenguaje sexista y androcéntrico en la Constitución española. Una nueva redacción constitucional es posible teniendo en cuenta los criterios de esta nueva perspectiva.
INTRODUCCIÓN. LAS FUNCIONES DEL LENGUAJE.
1. EL LENGUAJE DESCRIPTIVO Y LA CULTURA.
1.1 El lenguaje sexista.
1.2 El significado del masculino genérico.
2. EL PODER TRANSFORMADOR DEL LENGUAJE.
2.1 La incorporación de la perspectiva de género en el lenguaje
2.1.1 La palabra género
2.2. Lenguaje y transformación social.
3. EL USO DEL LENGUAJE EN LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN.
3.1. Propuestas para el uso del lenguaje con perspectiva de género.
3.2 El lenguaje de la Constitución española.
CONCLUSIONES
- Formato: PDF
- Número de páginas: 34
El lenguaje evidencia la cultura y describe la realidad, pero además el lenguaje sirve para conservar los valores existentes, para preservar, mantener y perpetuar los valores masculinos, los que imperan en la sociedad, que son patriarcales porque la sociedad lo es. Así el lenguaje ha servido para coadyuvar a la construcción de esa cultura patriarcal. Si el lenguaje tiene poder para crear, tiene poder para transformar, por tanto el lenguaje puede servir para construir otro tipo de relaciones y de cultura basadas en la igualdad y por tanto otra sociedad más justa. La construcción de una sociedad más justa depende en parte de la utilización de otro tipo de lenguaje, el lenguaje con perspectiva de género y la superación del lenguaje sexista y androcéntrico en la Constitución española. Una nueva redacción constitucional es posible teniendo en cuenta los criterios de esta nueva perspectiva.
INTRODUCCIÓN. LAS FUNCIONES DEL LENGUAJE.
1. EL LENGUAJE DESCRIPTIVO Y LA CULTURA.
1.1 El lenguaje sexista.
1.2 El significado del masculino genérico.
2. EL PODER TRANSFORMADOR DEL LENGUAJE.
2.1 La incorporación de la perspectiva de género en el lenguaje
2.1.1 La palabra género
2.2. Lenguaje y transformación social.
3. EL USO DEL LENGUAJE EN LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN.
3.1. Propuestas para el uso del lenguaje con perspectiva de género.
3.2 El lenguaje de la Constitución española.
CONCLUSIONES
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