Diccionario panhispánico del español jurídico

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La regulación de la automatización de la Administración Pública Sueca

por Reichel, Jane

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2023
Ver otros artículos del mismo número: 63

El Gobierno y el legislador han centrado su atención en la digitalización de la Administración sueca durante décadas con el objetivo explícito de ser los “mejores del mundo” aprovechando sus potenciales. Las autoridades suecas fueron pioneras en esta materia y emplean procedimientos automatizados de toma de decisiones desde los años setenta. En este artículo se abordan los efectos de la automatización en dos ámbitos fundamentales del Derecho constitucional y administrativo sueco: en el Derecho administrativo general, concretamente en la toma de decisiones administrativas, y en la regulación sobre transparencia y el acceso a los documentos públicos. Las respuestas normativas en los dos ámbitos difieren. Mientras la preocupación por los efectos negativos de la digitalización sobre el derecho de acceso a los documentos llevó al legislador sueco a incluir los registros digitales entre los documentos cobijados por este derecho ya en la década de 1970, las adaptaciones del Derecho administrativo general han sido muy limitadas. A lo largo de los años, el Gobierno ha encargado varios informes oficiales sobre los retos técnicos, sociales y jurídicos de la digitalización de la Administración, pero las principales conclusiones respecto a la viabilidad de la toma automatizada de decisiones se han dejado en manos de la Administración y los tribunales. Al respecto se pueden señalar dos razones. En primer lugar, desde hace tiempo se pretende que las normas sobre el procedimiento administrativo sean neutrales desde el punto de vista tecnológico, para que no queden obsoletas con evoluciones futuras en la materia. En segundo lugar, las administraciones públicas ocupan una posición fuerte y parcialmente independiente en el marco constitucional sueco, unida a una tradición de pragmatismo. Por lo tanto, se confía en que las autoridades administrativas tomen sus decisiones de forma ajustada a la ley, con independencia de que los procedimientos se lleven a cabo de forma manual, digital o automatizada. Hasta ahora, los tribunales suecos se han abstenido, por ello, de intervenir. Sin embargo, está claro que el panorama del Derecho administrativo sueco respecto de la toma automatizada de decisiones contiene varias lagunas relevantes, que deberían colmarse para salvaguardar el principio de buena administración y el Estado de Derecho.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Visión de conjunto de las opciones regulatorias suecas: legislación, jurisprudencia, infraestructura administrativa y supervisión
III. La legislación nacional sobre la automatización de los procedimientos administrativos
1. La Ley de Procedimiento Administrativo
2. Transparencia y confidencialidad
IV. Jurisprudencia, revisión no judicial y supervisión administrativa
V. El soft law sobre automatización o Inteligencia Artificial sofisticada en la toma de decisiones públicas
VI. Conclusiones


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El Gobierno y el legislador han centrado su atención en la digitalización de la Administración sueca durante décadas con el objetivo explícito de ser los “mejores del mundo” aprovechando sus potenciales. Las autoridades suecas fueron pioneras en esta materia y emplean procedimientos automatizados de toma de decisiones desde los años setenta. En este artículo se abordan los efectos de la automatización en dos ámbitos fundamentales del Derecho constitucional y administrativo sueco: en el Derecho administrativo general, concretamente en la toma de decisiones administrativas, y en la regulación sobre transparencia y el acceso a los documentos públicos. Las respuestas normativas en los dos ámbitos difieren. Mientras la preocupación por los efectos negativos de la digitalización sobre el derecho de acceso a los documentos llevó al legislador sueco a incluir los registros digitales entre los documentos cobijados por este derecho ya en la década de 1970, las adaptaciones del Derecho administrativo general han sido muy limitadas. A lo largo de los años, el Gobierno ha encargado varios informes oficiales sobre los retos técnicos, sociales y jurídicos de la digitalización de la Administración, pero las principales conclusiones respecto a la viabilidad de la toma automatizada de decisiones se han dejado en manos de la Administración y los tribunales. Al respecto se pueden señalar dos razones. En primer lugar, desde hace tiempo se pretende que las normas sobre el procedimiento administrativo sean neutrales desde el punto de vista tecnológico, para que no queden obsoletas con evoluciones futuras en la materia. En segundo lugar, las administraciones públicas ocupan una posición fuerte y parcialmente independiente en el marco constitucional sueco, unida a una tradición de pragmatismo. Por lo tanto, se confía en que las autoridades administrativas tomen sus decisiones de forma ajustada a la ley, con independencia de que los procedimientos se lleven a cabo de forma manual, digital o automatizada. Hasta ahora, los tribunales suecos se han abstenido, por ello, de intervenir. Sin embargo, está claro que el panorama del Derecho administrativo sueco respecto de la toma automatizada de decisiones contiene varias lagunas relevantes, que deberían colmarse para salvaguardar el principio de buena administración y el Estado de Derecho.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Visión de conjunto de las opciones regulatorias suecas: legislación, jurisprudencia, infraestructura administrativa y supervisión
III. La legislación nacional sobre la automatización de los procedimientos administrativos
1. La Ley de Procedimiento Administrativo
2. Transparencia y confidencialidad
IV. Jurisprudencia, revisión no judicial y supervisión administrativa
V. El soft law sobre automatización o Inteligencia Artificial sofisticada en la toma de decisiones públicas
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