Diccionario panhispánico del español jurídico

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¿Se pueden garantizar los derechos sociales? Una propuesta para la nueva Constitución chilena

por Martínez Estay, José Ignacio

Artículo
ISSN: 21745625
Madrid UNED 2022
Ver otros artículos del mismo número: 114

En el marco del proceso constituyente chileno, y ante las ideas que proponen reemplazar la actual Carta fundamental por una que considere un principio de Estado social o la justiciabilidad reforzada de los derechos sociales, el propósito del presente artículo es explicar los limites dogmáticos que encuentra la justiciabilidad de esta clase de prerrogativas y porqué una mejora de este tipo sólo podría traducirse en una mejora relativa en la exigibilidad de las prestaciones respectivas. En este marco, una mejora que respete al mismo tiempo las competencias y responsabilidades de las autoridades, los límites de la labor jurisdiccional y las características técnicas de los derechos sociales, podría consistir en la inclusión de un organismo colegiado y consultivo que, tal como en otros países, permita considerar estas demandas de forma oportuna al interior del proceso legislativo, lo que junto con respetar la necesidad de que las políticas sociales tengan un origen democrático, ayudaría a que la labor de adjudicación del juez se centre en la interpretación propiamente jurídica de las disposiciones constitucionales pertinentes.

Tabla de Contenidos

1. INTRODUCCIÓN.
2. QUÉ SON LOS DERECHOS SOCIALES.
3. LOS DERECHOS SOCIALES COMO DISPOSICIONES DIRECTAMENTE JUSTICIABLES.
4. EL PROBLEMA DE ENTREGAR LA DEFINICIÓN DE LAS POLÍTICAS SOCIALES AL JUEZ. a) La «Indefinición» de los Derechos Sociales. b) El componente ideológico.
5. LOS DERECHOS SOCIALES A NIVEL DE DERECHO CONSTITUCIONAL COMPARADO.
6. LOS DERECHOS SOCIALES EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1980. a) El principio de subsidiariedad y los derechos sociales. b) La regulación constitucional de los derechos sociales: el ejemplo del derecho a la salud.
7. NUESTRA PROPUESTA CONSTITUCIONAL: CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL.
8. CONCLUSIONES


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 21

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En el marco del proceso constituyente chileno, y ante las ideas que proponen reemplazar la actual Carta fundamental por una que considere un principio de Estado social o la justiciabilidad reforzada de los derechos sociales, el propósito del presente artículo es explicar los limites dogmáticos que encuentra la justiciabilidad de esta clase de prerrogativas y porqué una mejora de este tipo sólo podría traducirse en una mejora relativa en la exigibilidad de las prestaciones respectivas. En este marco, una mejora que respete al mismo tiempo las competencias y responsabilidades de las autoridades, los límites de la labor jurisdiccional y las características técnicas de los derechos sociales, podría consistir en la inclusión de un organismo colegiado y consultivo que, tal como en otros países, permita considerar estas demandas de forma oportuna al interior del proceso legislativo, lo que junto con respetar la necesidad de que las políticas sociales tengan un origen democrático, ayudaría a que la labor de adjudicación del juez se centre en la interpretación propiamente jurídica de las disposiciones constitucionales pertinentes.

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1. INTRODUCCIÓN.
2. QUÉ SON LOS DERECHOS SOCIALES.
3. LOS DERECHOS SOCIALES COMO DISPOSICIONES DIRECTAMENTE JUSTICIABLES.
4. EL PROBLEMA DE ENTREGAR LA DEFINICIÓN DE LAS POLÍTICAS SOCIALES AL JUEZ. a) La «Indefinición» de los Derechos Sociales. b) El componente ideológico.
5. LOS DERECHOS SOCIALES A NIVEL DE DERECHO CONSTITUCIONAL COMPARADO.
6. LOS DERECHOS SOCIALES EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1980. a) El principio de subsidiariedad y los derechos sociales. b) La regulación constitucional de los derechos sociales: el ejemplo del derecho a la salud.
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