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Descentralización y ordenamiento jurídico en el Ecuador
La Constitución de 2008, que define al Ecuador como un Estado unitario, establece una nueva organización territorial descentralizada bajo el régimen de reparto de competencias exclusivas entre el Estado central y los entes territoriales, a los que reconoce autonomía política, administrativa y financiera y potestad legislativa para el ejercicio de sus competencias, al tiempo que mantiene una estructuración vertical del ordenamiento jurídico sostenida en la jerarquía como principio vertebrador de las relaciones entre las normas que lo integran. Esto ha generado contradicciones teóricas y prácticas en la determinación de la naturaleza jurídica de las disposiciones emanadas de los entes territoriales de gobierno y sus relaciones con las demás normas del sistema (fundamentalmente con las leyes estatales). El presente trabajo pretende insertarse en la discusión sobre la naturaleza jurídica de las disposiciones de los gobiernos territoriales en el ejercicio de sus competencias exclusivas y sus relaciones con el ordenamiento estatal; señalando, en todo caso, la divergencia del modelo teórico diseñado en la Constitución con su realización práctica, que sigue explicándose invariablemente en función la unidad de la ley y las relaciones de jerarquía normativa.
INTRODUCCIÓN.
1. LA CONTROVERSIA SOBRE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LAS NORMAS TERRITORIALES.
2. LA TESIS DEFENDIDA: LA NATURALEZA LEGISLATIVA DE LAS NORMAS TERRITORIALES EN EL DISEÑO (TEÓRICO) CONSTITUCIONAL Y LA DIVERSIFICACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
3. LA DESCENTRALIZACIÓN Y LA ARTICULACIÓN DE LAS RELACIONES NORMATIVAS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
4. LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS. CONCLUSIONES: LA DIVERGENCIA ENTRE EL DISEÑO CONSTITUCIONAL DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA.
- Formato: PDF
- Número de páginas: 24
La Constitución de 2008, que define al Ecuador como un Estado unitario, establece una nueva organización territorial descentralizada bajo el régimen de reparto de competencias exclusivas entre el Estado central y los entes territoriales, a los que reconoce autonomía política, administrativa y financiera y potestad legislativa para el ejercicio de sus competencias, al tiempo que mantiene una estructuración vertical del ordenamiento jurídico sostenida en la jerarquía como principio vertebrador de las relaciones entre las normas que lo integran. Esto ha generado contradicciones teóricas y prácticas en la determinación de la naturaleza jurídica de las disposiciones emanadas de los entes territoriales de gobierno y sus relaciones con las demás normas del sistema (fundamentalmente con las leyes estatales). El presente trabajo pretende insertarse en la discusión sobre la naturaleza jurídica de las disposiciones de los gobiernos territoriales en el ejercicio de sus competencias exclusivas y sus relaciones con el ordenamiento estatal; señalando, en todo caso, la divergencia del modelo teórico diseñado en la Constitución con su realización práctica, que sigue explicándose invariablemente en función la unidad de la ley y las relaciones de jerarquía normativa.
INTRODUCCIÓN.
1. LA CONTROVERSIA SOBRE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LAS NORMAS TERRITORIALES.
2. LA TESIS DEFENDIDA: LA NATURALEZA LEGISLATIVA DE LAS NORMAS TERRITORIALES EN EL DISEÑO (TEÓRICO) CONSTITUCIONAL Y LA DIVERSIFICACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
3. LA DESCENTRALIZACIÓN Y LA ARTICULACIÓN DE LAS RELACIONES NORMATIVAS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.
4. LOS CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS. CONCLUSIONES: LA DIVERGENCIA ENTRE EL DISEÑO CONSTITUCIONAL DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO Y SU APLICACIÓN PRÁCTICA.
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