Diccionario panhispánico del español jurídico

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Algunos argumentos victimológicos y de prevención especial para la derogación del apartado quinto del art. 87 ter de la LOPJ (¿por qué abrir la mediación penal a los casos de violencia en la pareja?)

por Vázquez-Portomeñe Seijas, Fernando

Artículo
ISSN: 1132-9955
Ver otros artículos del mismo número: 15

Este trabajo se presentan diversos resultados y argumentos que obligan a criticar la prohibición de mediar en casos de violencia de género (apartado 5 del art. 87 ter de la LOPJ), pensando, sobre todo, en agresiones únicas o aisladas y leves a víctimas que disponen suficientes recursos psíquicos y sociales. Además, se tratan algunos de los principios desarrollados en los programas alemanes y austríacos para conducir un proceso de empoderamiento de la víctima y se apuesta por la introducción de un modelo de mediación penal como técnica de intervención en red.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Algunas referencias de derecho comparado:
1. La situación en Alemania. El proyecto «Waage Hannover»
2. El programa de mediación extrajudicial en Austria (ATA)
III. Violencia de género y principio de igualdad de armas:
1. Introducción
2. Mediación y empoderamiento de las víctimas. Referencia a las técnicas utilizadas en los programas alemanes y austríacos:
A. El contacto inicial con la víctima
B. El «doble mixto» y el método del «relecting team»
IV. ¿Pueden los programas de mediación penal prevenir la reincidencia del maltratador?


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 32

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Este trabajo se presentan diversos resultados y argumentos que obligan a criticar la prohibición de mediar en casos de violencia de género (apartado 5 del art. 87 ter de la LOPJ), pensando, sobre todo, en agresiones únicas o aisladas y leves a víctimas que disponen suficientes recursos psíquicos y sociales. Además, se tratan algunos de los principios desarrollados en los programas alemanes y austríacos para conducir un proceso de empoderamiento de la víctima y se apuesta por la introducción de un modelo de mediación penal como técnica de intervención en red.

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I. Introducción
II. Algunas referencias de derecho comparado:
1. La situación en Alemania. El proyecto «Waage Hannover»
2. El programa de mediación extrajudicial en Austria (ATA)
III. Violencia de género y principio de igualdad de armas:
1. Introducción
2. Mediación y empoderamiento de las víctimas. Referencia a las técnicas utilizadas en los programas alemanes y austríacos:
A. El contacto inicial con la víctima
B. El «doble mixto» y el método del «relecting team»
IV. ¿Pueden los programas de mediación penal prevenir la reincidencia del maltratador?


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