Diccionario panhispánico del español jurídico

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La prisión permanente revisable. Un análisis del argumento internacional

por Martínez Guerra, Amparo

Artículo
ISSN: 1132-9955
Ver otros artículos del mismo número: 19

La Ley Orgánica 1/2015, 30 de marzo de modificación del Código Penal introdujo como nueva pena la prisión permanente revisable tras 25 años. De acuerdo con el art. 25.2 CE, las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reinserción y la reducación social. Para defender la constitucionalidad de la nueva pena, el Legislador español acudió a la firma y ratificación del Estatuto de Roma para el establecimiento de la Corte Penal Internacional. Su art. 77.1 b) prevé la imposición de una pena de prisión de por vida cuando así lo justifiquen la extrema gravedad del delito y las circunstancias personales del condenado.

Tabla de Contenidos

1. Planteamiento
2. Contenido y alcance de la PPR
3. La postura de los órganos consultivos frente a los argumentos internacionales del Legislador
4. La PPR y Tribunales Penales Internacionales:
4.1. La finalidad de la pena en Derecho Penal Internacional
4.2. Delitos internacionales con PPR: posibilidades de imposición:
4.2.1. Por los TTPPII ad hoc
4.2.2. Por la CPI
4.3. Los TTPPII y su relación con los Estados Parte:
4.3.1. Con los TTPPII ad hoc
4.3.2. Con la CPI
4.4. La ejecución de las sentencias internacionales: modelos, acuerdos y límites:
4.4.1. Con los TTPPII ad hoc
4.4.2. Con la CPI
4.5. La posición de España en materia de cumplimiento de sentencias de TTPPII


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La Ley Orgánica 1/2015, 30 de marzo de modificación del Código Penal introdujo como nueva pena la prisión permanente revisable tras 25 años. De acuerdo con el art. 25.2 CE, las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reinserción y la reducación social. Para defender la constitucionalidad de la nueva pena, el Legislador español acudió a la firma y ratificación del Estatuto de Roma para el establecimiento de la Corte Penal Internacional. Su art. 77.1 b) prevé la imposición de una pena de prisión de por vida cuando así lo justifiquen la extrema gravedad del delito y las circunstancias personales del condenado.

Tabla de Contenidos

1. Planteamiento
2. Contenido y alcance de la PPR
3. La postura de los órganos consultivos frente a los argumentos internacionales del Legislador
4. La PPR y Tribunales Penales Internacionales:
4.1. La finalidad de la pena en Derecho Penal Internacional
4.2. Delitos internacionales con PPR: posibilidades de imposición:
4.2.1. Por los TTPPII ad hoc
4.2.2. Por la CPI
4.3. Los TTPPII y su relación con los Estados Parte:
4.3.1. Con los TTPPII ad hoc
4.3.2. Con la CPI
4.4. La ejecución de las sentencias internacionales: modelos, acuerdos y límites:
4.4.1. Con los TTPPII ad hoc
4.4.2. Con la CPI
4.5. La posición de España en materia de cumplimiento de sentencias de TTPPII


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