Diccionario panhispánico del español jurídico

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Hacia una regulación sobre la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional: el futuro acuerdo como un tratado de protección de intereses generales

por Abegón Novella, Marta

Artículo
ISSN: 2014038X
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El presente estudio examina la última versión del proyecto de Acuerdo relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, de noviembre de 2019, desde la perspectiva de los tratados de protección de intereses generales. En primer lugar, expone el marco conceptual propio de esta categoría de tratados. En segundo lugar, aplica ese marco para analizar el futuro Acuerdo, destacando algunos de sus rasgos principales. En tercer lugar, identifica los beneficios que puede aportar un tratado de esta naturaleza para la gestión de las zonas marinas más allá de la jurisdicción nacional, así como el coste de su adopción: la inclusión de distintos grados de normatividad y tipos de obligaciones. El trabajo concluye con unas consideraciones finales que sitúan la negociación del Acuerdo en el contexto de la evolución del ordenamiento jurídico internacional y del Derecho del mar en particular.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Los tratados de protección de intereses generales: características esenciales
1. Su objeto: la protección de intereses generales
2. La creación de algunas normas de interés público de las que se derivan obligaciones integrales
3. La vocación de universalidad
III. El futuro acuerdo como un tratado de protección de intereses generales
1. La protección de la biodiversidad marina en ZFJN como un interés general
2. Un Acuerdo que crea algunas normas de interés público de las que se derivan obligaciones de naturaleza integral
3.3. Un Acuerdo con una evidente vocación universal
a) El Acuerdo está abierto a la participación de Estados y otros sujetos internacionales
b) El Acuerdo busca la ampliación subjetiva de sus efectos y, en menor medida, su ampliación territorial
i. Algunas estrategias de ampliación subjetiva
ii. Una voluntad de ampliación territorial muy limitada
IV. Los beneficios y el coste de la adopción del futuro acuerdo: entre la universalidad y la normatividad relativa dentro del tratado
1. El Acuerdo puede aportar legitimidad a la regulación
2. El Acuerdo puede contribuir a la coherencia en la gobernanza de las zonas situadas fuera de la jurisdicción de los Estados
3. El Acuerdo puede favorecer el dinamismo y la capacidad de adaptación al cambio que la gestión de la biodiversidad marina en ZFJN requiere
4. El coste del Acuerdo: la inclusión de distintos grados de normatividad y distintos tipos de obligaciones jurídicas
a) Normas absolutas, diferenciales y contextuales
b) Obligaciones “soft”
V. Consideraciones finales


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El presente estudio examina la última versión del proyecto de Acuerdo relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, de noviembre de 2019, desde la perspectiva de los tratados de protección de intereses generales. En primer lugar, expone el marco conceptual propio de esta categoría de tratados. En segundo lugar, aplica ese marco para analizar el futuro Acuerdo, destacando algunos de sus rasgos principales. En tercer lugar, identifica los beneficios que puede aportar un tratado de esta naturaleza para la gestión de las zonas marinas más allá de la jurisdicción nacional, así como el coste de su adopción: la inclusión de distintos grados de normatividad y tipos de obligaciones. El trabajo concluye con unas consideraciones finales que sitúan la negociación del Acuerdo en el contexto de la evolución del ordenamiento jurídico internacional y del Derecho del mar en particular.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Los tratados de protección de intereses generales: características esenciales
1. Su objeto: la protección de intereses generales
2. La creación de algunas normas de interés público de las que se derivan obligaciones integrales
3. La vocación de universalidad
III. El futuro acuerdo como un tratado de protección de intereses generales
1. La protección de la biodiversidad marina en ZFJN como un interés general
2. Un Acuerdo que crea algunas normas de interés público de las que se derivan obligaciones de naturaleza integral
3.3. Un Acuerdo con una evidente vocación universal
a) El Acuerdo está abierto a la participación de Estados y otros sujetos internacionales
b) El Acuerdo busca la ampliación subjetiva de sus efectos y, en menor medida, su ampliación territorial
i. Algunas estrategias de ampliación subjetiva
ii. Una voluntad de ampliación territorial muy limitada
IV. Los beneficios y el coste de la adopción del futuro acuerdo: entre la universalidad y la normatividad relativa dentro del tratado
1. El Acuerdo puede aportar legitimidad a la regulación
2. El Acuerdo puede contribuir a la coherencia en la gobernanza de las zonas situadas fuera de la jurisdicción de los Estados
3. El Acuerdo puede favorecer el dinamismo y la capacidad de adaptación al cambio que la gestión de la biodiversidad marina en ZFJN requiere
4. El coste del Acuerdo: la inclusión de distintos grados de normatividad y distintos tipos de obligaciones jurídicas
a) Normas absolutas, diferenciales y contextuales
b) Obligaciones “soft”
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