Diccionario panhispánico del español jurídico

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Coordinación catastro-registro

por Brancós Núñez, Enrique

Artículo
ISSN: 1885-009X
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El autor analiza en su trabajo el procedimiento utilizado por los registradores de la propiedad en España para identificar y describir las fincas registradas. Se cuestiona el juicio de identidad entre la descripción literaria registral y la representación gráfica catastral, argumentando que ambas no pueden ser comparadas directamente. El registrador utiliza la superposición de planos, incluyendo planos normativos y no normativos, para obtener indicios de coincidencia entre la finca real y la registral. Sin embargo, el registrador no tiene competencias ni medios suficientes para verificar su juicio de identidad. En el procedimiento de notificación a los colindantes se señala que la falta de un sistema adecuado de actualización de titulares de fincas colindantes genera incertidumbre. Además, el procedimiento no requiere el consentimiento expreso de los colindantes y que las alegaciones de los mismos pueden detener el procedimiento y llevar a una judicialización. En conclusión, se argumenta que el juicio de identidad del registrador es insuficiente y que el sistema de coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad presenta deficiencias y promueve la judicialización.


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El autor analiza en su trabajo el procedimiento utilizado por los registradores de la propiedad en España para identificar y describir las fincas registradas. Se cuestiona el juicio de identidad entre la descripción literaria registral y la representación gráfica catastral, argumentando que ambas no pueden ser comparadas directamente. El registrador utiliza la superposición de planos, incluyendo planos normativos y no normativos, para obtener indicios de coincidencia entre la finca real y la registral. Sin embargo, el registrador no tiene competencias ni medios suficientes para verificar su juicio de identidad. En el procedimiento de notificación a los colindantes se señala que la falta de un sistema adecuado de actualización de titulares de fincas colindantes genera incertidumbre. Además, el procedimiento no requiere el consentimiento expreso de los colindantes y que las alegaciones de los mismos pueden detener el procedimiento y llevar a una judicialización. En conclusión, se argumenta que el juicio de identidad del registrador es insuficiente y que el sistema de coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad presenta deficiencias y promueve la judicialización.


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