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El consentimiento informado en anestesiología
La anestesiología como especialidad médica no tiene por sí misma un gran recorrido histórico, pero durante las últimas décadas se ha desarrollado como un campo independiente en la medicina. En el trasfondo de esta especialidad subyace una diferencia fáctica determinante con la medicina estrictamente concebida. Mientras que esta última tiene por destino curar o restaurar la salud de paciente, la anestesiología no provee una solución a la enfermedad, sino tan solo un método para evitar el sufrimiento y, simultáneamente, ayudar a los procedimientos quirúrgicos o pruebas médicas a ser practicadas sin la oposición del paciente, lo que subsecuentemente puede dirigir a mejores resultados curativos. En este sentido, el consentimiento que presta el paciente debe ser dual. De una parte al cirujano que practica la intervención o al médico que realiza la técnica, y por otra parte al anestesista que va a intervenir en el acto anestésico. Respecto a la información ocurre exactamente igual. El anestesista debe informar sobre las ventajas y los inconvenientes y las distintas alternativas del tratamiento anestésico, ya que por muy banal que sea la intervención o técnica a practicar, la anestesia siempre conlleva riesgos para el paciente.
I. Consentimiento informado como elemento integrante de la lex artis
I.1. Conceptualización y antecedentes
II. Presupuestos del consentimiento informado
II.1. El titular del derecho a la información
II.1.1. Breve alusión al caso de menor y del enfermo mental
II.2. El responsable de proporcionar la información al paciente
II.3. La forma de la información, del consentimiento y su valor ad probationem
II.4. El objeto del consentimiento y el contenido de la información
II.4.1. La información sobre los riesgos del acto anestésico
II.5. Momento en que debe prestarse el consentimiento informado por el paciente
II.5.1. Referencia a la legislación autonómica
- Formato: PDF
- Número de páginas: 56
La anestesiología como especialidad médica no tiene por sí misma un gran recorrido histórico, pero durante las últimas décadas se ha desarrollado como un campo independiente en la medicina. En el trasfondo de esta especialidad subyace una diferencia fáctica determinante con la medicina estrictamente concebida. Mientras que esta última tiene por destino curar o restaurar la salud de paciente, la anestesiología no provee una solución a la enfermedad, sino tan solo un método para evitar el sufrimiento y, simultáneamente, ayudar a los procedimientos quirúrgicos o pruebas médicas a ser practicadas sin la oposición del paciente, lo que subsecuentemente puede dirigir a mejores resultados curativos. En este sentido, el consentimiento que presta el paciente debe ser dual. De una parte al cirujano que practica la intervención o al médico que realiza la técnica, y por otra parte al anestesista que va a intervenir en el acto anestésico. Respecto a la información ocurre exactamente igual. El anestesista debe informar sobre las ventajas y los inconvenientes y las distintas alternativas del tratamiento anestésico, ya que por muy banal que sea la intervención o técnica a practicar, la anestesia siempre conlleva riesgos para el paciente.
I. Consentimiento informado como elemento integrante de la lex artis
I.1. Conceptualización y antecedentes
II. Presupuestos del consentimiento informado
II.1. El titular del derecho a la información
II.1.1. Breve alusión al caso de menor y del enfermo mental
II.2. El responsable de proporcionar la información al paciente
II.3. La forma de la información, del consentimiento y su valor ad probationem
II.4. El objeto del consentimiento y el contenido de la información
II.4.1. La información sobre los riesgos del acto anestésico
II.5. Momento en que debe prestarse el consentimiento informado por el paciente
II.5.1. Referencia a la legislación autonómica
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